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Transparencia Retributiva

Directiva de Transparencia Retributiva

Dir. (UE) 2023/970

Refuerza la igualdad de retribución entre mujeres y hombres mediante transparencia: informar de la brecha salarial, comunicar la horquilla salarial a la persona candidata antes de la oferta y prohibir las cláusulas de confidencialidad retributiva. Transposición en España: 07/06/2026.

Estado en ÆGIS: activo. Flujo completo: evaluación guiada que detecta tus obligaciones, plantillas de documento listas para producir, y el agente razonando con citación literal verificada. Disponible desde el plan Pro.

Datos clave

A QUIÉN OBLIGA
Empresas con personas trabajadoras. Informe de brecha: ≥250 anual; 150-249 cada tres años; 100-149 cada tres años desde 2031. Transparencia y registro retributivo: todas las empresas.
SANCIÓN MÁXIMA
Multas + indemnizaciones por discriminación retributiva
EN VIGOR DESDE
06/06/2023 (entrada en vigor UE)
AUTORIDAD
Inspección de Trabajo · Instituto de las Mujeres
FUENTE OFICIAL
https://eur-lex.europa.eu/eli/dir/2023/970/oj

Fechas clave

  • Transposición España · 07/06/2026

Obligaciones y artículos clave

El agente razona y cita literalmente sobre estos puntos. 5 referencias cargadas en el motor — muestra de 4.

Dir 2023/970 Art. 5
Transparencia retributiva antes del empleo

Los solicitantes de empleo tendrán derecho a recibir del futuro empleador información sobre la retribución inicial o su banda, basada en criterios objetivos y neutros en cuanto al género, así como, si procede, los convenios colectivos aplicables. Esta información se facilitará de forma tal que garantice unas negociaciones informadas y transparentes, en particular en una vacante publicada, antes de la entrevista de empleo, o de cualquier otra forma. El empleador no preguntará al solicitante sobre su historial retributivo en sus relaciones laborales anteriores ni actuales. El empleador garantizará que los anuncios de vacantes y las denominaciones de los puestos sean neutros en cuanto al género y que los procesos de contratación se lleven a cabo de manera no discriminatoria.

Dir 2023/970 Art. 7
Derecho de información del trabajador

Los trabajadores tendrán derecho a solicitar y recibir por escrito información sobre su nivel retributivo individual y los niveles retributivos medios, desglosados por sexo, para las categorías de trabajadores que realicen el mismo trabajo o un trabajo de igual valor. La información se facilitará en un plazo razonable y, en cualquier caso, en un plazo no superior a dos meses desde la fecha de la solicitud. Los trabajadores tendrán la posibilidad de solicitar la información a través de sus representantes o de un organismo de igualdad. Los empleadores informarán anualmente del derecho a recibir esta información.

Dir 2023/970 Art. 9
Informe obligatorio sobre la brecha retributiva

Los empleadores facilitarán la siguiente información relativa a su organización: a) la brecha retributiva entre mujeres y hombres; b) la brecha retributiva entre mujeres y hombres en los componentes complementarios o variables; c) la brecha retributiva mediana entre mujeres y hombres; d) la proporción de trabajadoras y trabajadores que reciben componentes complementarios o variables; e) la proporción de trabajadoras y trabajadores en cada cuartil retributivo; f) la brecha retributiva entre trabajadoras y trabajadores, por categorías de trabajadores, desglosada por salario base ordinario y componentes complementarios o variables. Frecuencia: anual para empleadores con ≥250 trabajadores; trienal para los de entre 100 y 249.

Dir 2023/970 Art. 10
Evaluación conjunta de retribuciones · umbral del 5 %

Los empleadores realizarán una evaluación conjunta de las retribuciones, en cooperación con los representantes de los trabajadores, cuando concurran las siguientes condiciones: a) los informes de retribución muestren una diferencia de nivel retributivo medio entre trabajadoras y trabajadores de al menos el 5 %, en cualquier categoría de trabajadores; b) el empleador no haya justificado dicha diferencia de nivel retributivo medio basándose en criterios objetivos y neutros en cuanto al género; c) dicha diferencia injustificada en el nivel retributivo medio no se haya corregido en el plazo de seis meses desde la fecha de presentación de los informes de retribución.

Qué puedes hacer con este marco en ÆGIS

EVALUACIÓN INTERACTIVA
Árbol de decisión guiado

Un cuestionario adaptativo determina qué obligaciones de Transparencia Retributiva aplican a cada cliente y detecta sus brechas. El resultado alimenta los documentos y el universo de controles.

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DOCUMENTOS QUE GENERA · 1
Plantillas legales listas para producir
  • Registro Retributivo e Información sobre la Brecha Salarial

Cruces con otros marcos

Estos marcos comparten obligaciones convergentes con Transparencia Retributiva. El agente las razona como un sistema, no como silos.

ACTIVO
Plan de Igualdad
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Medidas LGTBI
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RGPD + LOPDGDD
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