Registro de viajeros — TE APLICA
La entidad ejerce una actividad obligada pero no comunica los datos. Es una situación de incumplimiento del RD 933/2021 con riesgo sancionador conforme a la LO 4/2015 (hasta 30.000 € en casos graves). Debe darse de alta en SES.HOSPEDAJES y empezar a comunicar los datos exigidos en plazo, conservando los registros tres años y con encaje en el RGPD.
Lo que tendrías que tener resuelto
Darse de alta como sujeto obligado en la sede del Ministerio del Interior, disponer de un sistema que recoja los datos exigidos (identidad y transacción) y comunique cada parte telemáticamente en plazo, conservando los registros tres años.
Documentar la base de obligación legal, informar a los viajeros, recoger solo los datos exigidos, no retener fotocopias de documentos más de lo necesario e incluir esta actividad en el Registro de Actividades del Tratamiento.
Todo esto se resuelve desde 9 €/mes — precio fundador, de por vida.
Facturado anualmente · micros de hasta 5 empleados: registro retributivo gratis
Acabas de ver una de tus áreas.
Esta es solo 1 de 22 áreas de cumplimiento posibles —y hay 79 marcos del derecho español y europeo detrás. Un profesional puede darte el mapa completo de lo que te aplica y ayudarte a cumplirlo. Déjanos tus datos y te contacta.
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