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Radar normativo · datos abiertos

Qué te obliga hoy. Y qué puedes dejar de mirar.

Qué obligaciones son exigibles hoy en España, cuáles llegan y cuáles se han aplazado. Cada fecha, con su artículo, su enlace al texto oficial y si la hemos comprobado.

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Radar · revisado el 29/10/2026Dato real
  • 7Exigibles hoy
  • 7Por llegar
  • 2Aplazadas: no corren prisa
  • 15/16Verificadas en el texto oficial

Lo que llega

  1. 5 de octubre de 2026Documento de control del transporte, solo digital
  2. 2 de diciembre de 2026Nuevas prohibiciones de IA y marcado del contenido ya en el mercado
  3. 5 de diciembre de 2026Planes de movilidad sostenible al trabajo
  4. 9 de diciembre de 2026Nueva responsabilidad por productos defectuosos
Datos abiertos · CC BY 4.0 JSONCSVAtom
La línea de tiempo

Qué obliga, a quién y desde cuándo.

El 02/08/2026 empezó a aplicarse con carácter general el Reglamento de IA (algunas partes ya regían desde 2025) y el 07/06/2026 venció el plazo de la directiva de transparencia retributiva: a 24/09/2026, España no ha aprobado la norma que incorpora sus obligaciones nuevas. Otras obligaciones se han aplazado y mucha gente sigue corriendo sin necesidad. Aquí está el estado real, con el artículo y el enlace al texto oficial para que lo compruebes tú. Las directivas a medio transponer, con lo que no sabemos todavía, están en normas europeas: en qué punto están.

Exigible hoy 7 hitos

Ya te obliga. Si no lo tienes resuelto, estás expuesto ahora mismo.

  1. 2 de agosto de 2026
    Exigible ✓ Verificado en el texto oficial Inteligencia artificial # enlace

    Transparencia del Reglamento de IA

    Reglamento (UE) 2024/1689 · Art. 50 · fecha de aplicación: art. 113

    A quién:
    Proveedores de sistemas de IA que interactúan con personas o generan contenido sintético, y empresas usuarias (responsables del despliegue) de reconocimiento de emociones, categorización biométrica, ultrafalsificaciones o textos generados por IA sobre asuntos de interés público. Sin umbral de tamaño.
    Qué hacer:
    Si desarrollas un sistema de IA o lo comercializas con tu nombre: diseñarlo para que la persona sepa que habla con una IA y marcar en formato legible por máquina el contenido que genere (art. 50.1 y 50.2). Si solo lo usas: informar a quien quede expuesto a reconocimiento de emociones o categorización biométrica (art. 50.3) y hacer público que una ultrafalsificación, o un texto sobre asuntos de interés público publicado sin revisión editorial humana, es artificial (art. 50.4). Hacer inventario de tus herramientas con IA te ayuda a saber cuál de estos casos te toca.

    Matiz: Los proveedores de sistemas que generan contenido sintético y ya estaban en el mercado antes del 2 de agosto de 2026 tienen hasta el 2 de diciembre de 2026 para el marcado del art. 50.2 (art. 111.4, redacción del Ómnibus digital).

    Reglamento de IA · texto consolidado (27/07/2026) → Comprobado en el texto consolidado de EUR-Lex el 25 de septiembre de 2026

  2. 2 de febrero de 2025
    Exigible ✓ Verificado en el texto oficial Inteligencia artificial # enlace

    Alfabetización en IA del personal

    Reglamento (UE) 2024/1689 · Cap. I y II (incluye arts. 4 y 5)

    A quién:
    Quien desarrolle o utilice sistemas de IA, con su personal y con quien opere en su nombre.
    Qué hacer:
    Adoptar medidas (formación, guías, instrucciones de uso) para apoyar la promoción de la alfabetización en materia de IA del personal y de quien opere los sistemas en tu nombre, adaptadas a sus conocimientos y al contexto de uso. Documentarlas no es obligatorio, pero es la mejor forma de acreditarlo. Las prácticas prohibidas del art. 5 rigen desde el 02/02/2025; las dos añadidas por el Reglamento (UE) 2026/1744 (imágenes íntimas o sexuales no consentidas y material de abuso sexual infantil), desde el 02/12/2026.

    Matiz: El Reglamento (UE) 2026/1744 (Ómnibus digital, en vigor desde el 27/07/2026) reformuló el art. 4: obliga a adoptar medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en materia de IA y aclara que no exige garantizar un nivel concreto de ninguna persona en particular.

    Reglamento de IA · texto consolidado (27/07/2026) → Comprobado en el texto consolidado de EUR-Lex el 27 de septiembre de 2026

  3. En vigor
    Exigible ✓ Verificado en el texto oficial Laboral e igualdad # enlace

    Registro retributivo

    RD 902/2020 · Art. 28.2 ET; arts. 5 y 6 RD 902/2020

    A quién:
    Todas las empresas, con independencia de su tamaño. También las más pequeñas.
    Qué hacer:
    Registro anual de la media y la mediana de lo realmente percibido, desglosado por sexo y por salario base, cada complemento y cada percepción extrasalarial, en cada grupo, categoría, nivel o puesto de tu clasificación profesional (las empresas con auditoría retributiva, además, por trabajos de igual valor). Consultar antes a la representación legal, con al menos diez días de antelación; esta tiene acceso íntegro al registro y, si no hay representación, cada persona puede pedir las diferencias porcentuales.

    RD 902/2020 · BOE → Comprobado en el BOE el 25 de septiembre de 2026

  4. En vigor
    Exigible ✓ Verificado en el texto oficial Canal de denuncias # enlace

    Canal interno de información

    Ley 2/2023 · Protección del informante

    A quién:
    Con carácter general, empresas de 50 o más personas trabajadoras; y sin umbral en ciertos sectores.
    Qué hacer:
    Canal que admita comunicación escrita y verbal, responsable del sistema designado, acuse de recibo en plazo y registro de las comunicaciones.

    Ley 2/2023 · BOE → Comprobado en el BOE el 27 de septiembre de 2026

  5. En vigor
    Exigible ✓ Verificado en el texto oficial Laboral e igualdad # enlace

    Registro diario de jornada

    Estatuto de los Trabajadores · Art. 34.9

    A quién:
    Toda empresa con personas trabajadoras.
    Qué hacer:
    Registro diario con hora de inicio y fin de cada persona, conservado cuatro años y a disposición de la plantilla, sus representantes y la Inspección.

    Estatuto de los Trabajadores · BOE → Comprobado en el BOE el 27 de septiembre de 2026

  6. 5 de octubre de 2026
    Exigible ✓ Verificado en el texto oficial # enlace

    Información escrita de las condiciones de trabajo

    RD 723/2026 (transpone la Directiva (UE) 2019/1152) · Arts. 3 y 4, disposición transitoria y disposición final cuarta

    A quién:
    Toda empresa con personas trabajadoras.
    Qué hacer:
    Dar por escrito a cada persona la información esencial de su relación laboral (arts. 3 y 4) y comunicar por escrito sus cambios. A quien ya trabajaba antes del 05/10/2026, dársela si la pide, en el plazo de treinta días hábiles desde su solicitud (disposición transitoria).

    Matiz: Publicado en el BOE del 15/09/2026; en vigor a los veinte días de su publicación.

    RD 723/2026 · BOE → Comprobado en el BOE el 29 de octubre de 2026

  7. 11 de septiembre de 2026
    Exigible ✓ Verificado en el texto oficial Producto y ciberseguridad # enlace

    Notificación de vulnerabilidades e incidentes (Reglamento de Ciberresiliencia)

    Reglamento (UE) 2024/2847 · Art. 14 · fecha de aplicación: art. 71.2

    A quién:
    Fabricantes de productos con elementos digitales (hardware o software) comercializados en la UE, también los que ya estaban en el mercado (art. 69.3).
    Qué hacer:
    Notificar al CSIRT coordinador y a ENISA, por la plataforma única de notificación, toda vulnerabilidad aprovechada activamente y todo incidente grave que afecte a la seguridad del producto: alerta temprana en 24 horas, notificación en 72 horas e informe final en los plazos del art. 14.

    Matiz: El resto del Reglamento (requisitos esenciales, evaluación de la conformidad y marcado CE) se aplica desde el 11/12/2027 (art. 71.2).

    Reglamento de Ciberresiliencia · texto oficial → Comprobado en el DOUE el 25 de septiembre de 2026

Llega 7 hitos

No obliga hoy, pero viene. Casi todo tiene fecha fijada en la norma; si depende de una norma española sin fecha, la ficha lo dice. Sirve para planificar sin sobresaltos.

  1. 5 de octubre de 2026
    Llega ✓ Verificado en el texto oficial Movilidad y transporte # enlace

    Documento de control del transporte, solo digital

    Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible · Disposición transitoria octava

    A quién:
    Transporte público de mercancías por carretera (documento de control, Orden FOM/2861/2012) y de viajeros (hoja de ruta, Orden FOM/1230/2013) en transportes interiores.
    Qué hacer:
    Emitir el documento de control o la hoja de ruta solo en formato electrónico, con los requisitos de la Resolución de 05/06/2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril (BOE-A-2026-12784): PDF generado por la aplicación, con un código QR que lleve a su dirección web, descargable por los agentes y conservado al menos un año. No vale escanear un papel.

    Matiz: La ley obliga a que sean digitales «a los diez meses desde la entrada en vigor»: entró en vigor el 05/12/2025, así que la fecha es el 05/10/2026.

    Ley 9/2025 · BOE (disposición transitoria octava) → Comprobado en el BOE el 25 de septiembre de 2026

  2. 2 de diciembre de 2026
    Llega ✓ Verificado en el texto oficial Inteligencia artificial # enlace

    Nuevas prohibiciones de IA y marcado del contenido ya en el mercado

    Reglamento (UE) 2024/1689, modificado por el Reglamento (UE) 2026/1744 · Art. 5.1 b bis) y b ter) y art. 111.4 · fecha de aplicación: art. 113.a)

    A quién:
    Proveedores y usuarios de sistemas de IA capaces de generar imágenes íntimas o sexuales de personas identificables o material de abuso sexual infantil; y proveedores de sistemas generativos que ya estaban en el mercado antes del 02/08/2026.
    Qué hacer:
    Queda prohibido comercializar o usar sistemas de IA que generen o manipulen imágenes, vídeos o audios realistas de las partes íntimas de una persona identificable, o de esa persona en actividades sexualmente explícitas, sin su consentimiento, y los que generen material de abuso sexual infantil (art. 5.1 b bis y b ter). Y los proveedores de sistemas generativos ya comercializados deben tener el marcado del art. 50.2 (art. 111.4).

    Matiz: Al comercializar, la prohibición alcanza a los sistemas cuya finalidad prevista es esa generación o que la permiten de forma previsible sin salvaguardias razonables; al usar, a quien los usa con ese fin (art. 5.1 bis).

    Reglamento de IA · texto consolidado (27/07/2026) → Comprobado en el texto consolidado de EUR-Lex el 25 de septiembre de 2026

  3. 5 de diciembre de 2026
    Llega ✓ Verificado en el texto oficial Movilidad y transporte # enlace

    Planes de movilidad sostenible al trabajo

    Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible · Art. 26 (plazo en la redacción del Real Decreto-ley 7/2026)

    A quién:
    Empresas y entidades del sector público con centros de trabajo de más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno.
    Qué hacer:
    Tener un plan de movilidad sostenible al trabajo para cada uno de esos centros, negociado con la representación legal de la plantilla (sin ella, con una comisión negociadora de los sindicatos), y hacer un informe de seguimiento cada dos años.

    Matiz: El plazo es de doce meses desde la entrada en vigor de la ley (05/12/2025). Lo redujo de veinticuatro a doce meses el Real Decreto-ley 7/2026, convalidado por el Congreso (BOE de 28/03/2026).

    Ley 9/2025 · BOE (art. 26) → Comprobado en el BOE el 25 de septiembre de 2026

  4. 9 de diciembre de 2026
    Llega ✓ Verificado en el texto oficial Producto y ciberseguridad # enlace

    Nueva responsabilidad por productos defectuosos

    Directiva (UE) 2024/2853 · Art. 22 (transposición) y art. 2.1 (productos afectados)

    A quién:
    Fabricantes de productos, incluidos los programas informáticos; y, si el fabricante está fuera de la UE, el importador, su representante autorizado o el prestador de servicios logísticos.
    Qué hacer:
    Revisar el seguro de responsabilidad civil de producto y la documentación técnica: la Directiva considera producto también el software (art. 4.1) y responde el fabricante por los componentes y actualizaciones bajo su control (arts. 4.5 y 8.1).

    Matiz: Es el plazo para que España la incorpore. Se aplicará a los productos introducidos en el mercado o puestos en servicio después del 08/12/2026 (art. 2.1); a los anteriores les sigue aplicando el régimen actual (art. 21). A 24/09/2026 no se ha publicado en el BOE la norma española que la incorpora, y una directiva sin transponer no obliga directamente a una empresa privada.

    Directiva 2024/2853 · texto oficial → Comprobado en el DOUE el 25 de septiembre de 2026

  5. 7 de junio de 2027 y 7 de junio de 2031, según tamaño
    Llega ✓ Verificado en el texto oficial Laboral e igualdad # enlace

    Informes de brecha retributiva

    Directiva (UE) 2023/970 · Art. 9

    A quién:
    Según la Directiva, empresas de 100 o más personas trabajadoras, por tramos de tamaño. El proyecto español propone ampliarlo a 50 o más.
    Qué hacer:
    Informar de la brecha retributiva de género (también en componentes variables y en mediana): cada año si tienes 250 o más personas y cada tres años entre 100 y 249, según la Directiva.

    Matiz: La Directiva fija el primer informe a más tardar el 07/06/2027 (150 o más personas, con datos de 2026) y el 07/06/2031 (100 a 149). Necesita transposición para obligar a empresas privadas: el proyecto de real decreto que modifica el RD 902/2020 (audiencia cerrada el 24/08/2026; a 24/09/2026, sin aprobar) mantiene esas fechas y amplía la obligación a las empresas de 50 a 99 personas, que presentarían su primer informe, con las de 100 a 149, a más tardar el 07/06/2031. Datos del proyecto: portal de participación del Ministerio de Trabajo, consultado el 24/09/2026.

    Directiva 2023/970 · texto oficial → Comprobado en el DOUE el 25 de septiembre de 2026

  6. Sin fecha: a 29/10/2026 no se ha publicado en el BOE
    Llega Sin confirmar # enlace

    Registro horario digital

    Proyecto de real decreto de registro de jornada (sin aprobar) · Lo que rige hoy: art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores

    A quién:
    Toda empresa con personas trabajadoras, si se aprueba.
    Qué hacer:
    Hoy obliga el registro diario del art. 34.9 ET, en cualquier soporte fiable. Si el real decreto se aprueba como se ha anunciado, el registro tendrá que ser digital, trazable, accesible a distancia para la Inspección y consultable por cada persona: un registro digital con historial de cambios ya cumple esa dirección.

    Matiz: Según la prensa, el Consejo de Estado emitió dictamen desfavorable el 19/03/2026 y el Ministerio de Trabajo quería llevarlo al Consejo de Ministros en octubre. Las Cortes están disueltas desde el 06/10/2026 (Real Decreto 806/2026, BOE-A-2026-20742, elecciones el 29/11/2026), pero un real decreto no pasa por ellas. Tras las elecciones, un Gobierno en funciones se limita al despacho ordinario de los asuntos.

    Estatuto de los Trabajadores · BOE (lo vigente) → Sin confirmar en el texto oficial

  7. Sin fecha: pendiente de transposición (el plazo venció el 7 de junio de 2026)
    Llega ✓ Verificado en el texto oficial Laboral e igualdad # enlace

    Transparencia retributiva previa al empleo

    Directiva (UE) 2023/970 · Art. 5 · plazo de transposición: art. 34

    A quién:
    Todas las empresas con personas trabajadoras, sin umbral de tamaño, cuando se transponga. Mientras tanto no obliga directamente a las empresas privadas; frente a un empleador público, sus disposiciones claras, precisas e incondicionales pueden invocarse ante un juez.
    Qué hacer:
    Informar a quien opta a un puesto de la retribución inicial o de su banda, con criterios objetivos y neutros respecto al género, y no preguntarle por su historial retributivo.

    Matiz: Una directiva sin transponer no obliga directamente a una empresa privada. El proyecto de real decreto que modifica el RD 902/2020 (audiencia pública del 04/08/2026 al 24/08/2026) transpone la Directiva solo en parte y no incluye este art. 5: a 24/09/2026 no hay norma española ni proyecto publicado que lo incorpore. Mientras, ya obligan el principio de igual retribución (art. 157 TFUE, art. 28 ET) y el registro retributivo del RD 902/2020. Conviene adaptarse sin esperar. Datos del proyecto: portal de participación del Ministerio de Trabajo, consultado el 24/09/2026.

    Directiva 2023/970 · texto oficial → Comprobado en el DOUE el 25 de septiembre de 2026

Aplazado: puedes dejar de correr 2 hitos

Se ha movido. Una consultora no suele avisarte cuando algo deja de correr prisa — nosotros sí.

  1. 2 de diciembre de 2027 y 2 de agosto de 2028
    Aplazado ✓ Verificado en el texto oficial Inteligencia artificial # enlace

    Sistemas de IA de alto riesgo

    Reglamento (UE) 2026/1744 (Ómnibus digital) · Art. 113, párrafo tercero, letra c), del Reglamento (UE) 2024/1689 (redacción del Reglamento (UE) 2026/1744)

    A quién:
    Quien desarrolle o implante sistemas de IA clasificados como de alto riesgo.
    Qué hacer:
    No es exigible hasta esas fechas. Si desarrollas o implantas un sistema del anexo III, usa el margen para clasificarlo y preparar la documentación. Ya rigen las prohibiciones, la alfabetización y la transparencia del art. 50.

    Matiz: Anexo III (empleo, crédito, educación, servicios esenciales, etc.): 02/12/2027. Anexo I (productos, o sus componentes de seguridad, regulados por la normativa de la UE de ese anexo): 02/08/2028. Los sistemas ya comercializados antes solo quedan sujetos si cambian significativamente su diseño; los destinados a autoridades públicas, a más tardar el 02/08/2030 (art. 111.2).

    Reglamento 2026/1744 · texto oficial → Comprobado en el DOUE el 25 de septiembre de 2026

  2. Antes del 1 de enero de 2027 (sociedades) y del 1 de julio de 2027 (resto)
    Aplazado ✓ Verificado en el texto oficial Facturación # enlace

    Facturación verificable (VeriFactu)

    RD 1007/2023 (Reglamento de sistemas de facturación), aplazado por el Real Decreto-ley 15/2025 (convalidado) · Disposición final cuarta del RD 1007/2023

    A quién:
    Empresas y autónomos que usen un programa informático para facturar (Impuesto sobre Sociedades, IRPF con actividad económica, IRNR con establecimiento permanente y entidades en atribución de rentas), salvo quienes lleven los libros del IVA por el SII o tengan su domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra; y los fabricantes de ese software.
    Qué hacer:
    Tener el programa de facturación adaptado antes de tu fecha y pedir al fabricante su declaración responsable (art. 13 del Reglamento). Si facturas a mano, no te afecta.

    Matiz: Aplazamiento publicado en el BOE: Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE de 03/12/2025), convalidado por el Congreso (BOE de 16/12/2025). Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, antes del 01/01/2027; resto de obligados, antes del 01/07/2027. Para las sociedades, el margen acaba el 31/12/2026.

    RD 1007/2023 · BOE (disposición final cuarta) → Comprobado en el BOE el 25 de septiembre de 2026

Cómo se mantiene esta página

Cada fecha, con su fuente y si está comprobada.

Y si nos equivocamos, lo corregimos a la vista: qué decía, qué dice ahora y la fuente. Fe de erratas.

Cada entrada indica si su fecha se ha comprobado en el texto oficial (BOE o Diario Oficial de la UE) y enlaza al precepto. Las que no hemos podido comprobar se marcan como tales y no se presentan como hecho. Los datos sobre proyectos en tramitación se toman de la web oficial del órgano que los tramita, con su fecha de consulta.

  • Verificado

    La fecha y el artículo se han leído directamente en el texto oficial. Es lo único que presentamos como hecho.

  • Sin confirmar

    Hay fuentes concordantes, pero no lo hemos comprobado en el texto oficial. Se marca y no se presenta como certeza.

  • Con matiz

    Cuando algo depende de una transposición pendiente o de un detalle sin cerrar, se dice en la propia ficha.

Esto es orientación con base legal, no asesoramiento jurídico para tu caso. Última revisión del contenido: 29 de octubre de 2026.

Para medios, colegios profesionales y quien lo reutilice

Cítalo. Reutiliza los datos.

Cómo citar este radar

AIM ÆGIS (Biomag S.L.U.), «Radar normativo», revisado el 29 de octubre de 2026, https://www.aim-aegis.ai/radar (consultado el 3 de noviembre de 2026).

Cada hito tiene su enlace propio (# enlace) para citarlo por separado.

Datos abiertos: JSON · CSV, con licencia CC BY 4.0: puedes reutilizarlos citando la fuente. Cambios: canal Atom.

Últimos cambios de contenido
  • 29/10/2026 · Dos hitos nuevos del plan 8.4 («qué está en vigor hoy»): la información escrita de las condiciones de trabajo (RD 723/2026, publicado en el BOE del 15/09/2026 y en vigor desde el 05/10/2026; cotejado con el texto oficial, BOE-A-2026-19200) y el registro horario digital, que aún es un proyecto sin aprobar y por eso va sin fecha, como no verificado y con lo que rige hoy (art. 34.9 ET).
  • 27/09/2026 · Guía del Reglamento de IA: la pregunta «¿Y los sistemas de alto riesgo?» da ya las fechas firmes del art. 113 tras el Reglamento (UE) 2026/1744 (anexo III, 02/12/2027; anexo I, 02/08/2028), las mismas del radar, en vez de pedir que se confirme el reparto entre anexos.
  • 27/09/2026 · Guía de transparencia salarial: la respuesta «¿Desde cuándo?» añade que, mientras España no transponga la Directiva (UE) 2023/970, no obliga directamente a una empresa privada (a 27/09/2026, sin norma de transposición en el BOE y con el proyecto de real decreto sin aprobar); y se retira el precio de terceros («del orden de 320 € cada año»), que no tenía fuente.
  • 27/09/2026 · Guía del Reglamento de IA: el art. 4, con su redacción oficial (adoptar medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en materia de IA; el calendario decía «promover»); la formación se resuelve con justificante, no con certificado; y ya no dice que las tres cosas que toca hacer estén en el plan gratuito: la formación del personal con su justificante va con la vigilancia, en los planes de pago.

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