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Gobernanza y cumplimiento penal · Compliance penal (31 bis)

Compliance penal (31 bis) — PROBABLEMENTE NO TE APLICA

El régimen del Art. 31 bis se refiere a la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Una persona física o empresario individual responde penalmente por su propia conducta conforme a las reglas generales, no por esta vía. No obstante, dotarse de protocolos internos de cumplimiento sigue siendo una buena práctica preventiva.

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Esta área no, ¿y las otras 21?

El cumplimiento no es una casilla: son 22 áreas —jornada, igualdad, prevención de riesgos, VeriFactu, blanqueo…— y la mayoría de las empresas tiene más obligaciones de las que cree. Un profesional puede revisar tu caso completo. Déjanos tus datos y te contacta.

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