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Protección de datos (RGPD)Pregunta 4 de 6 · puede acabar antes
¿Tu actividad es alguna de estas?
Cómo saberlo
Estas actividades están obligadas a nombrar un delegado de protección de datos (art. 34 LOPDGDD): colegios profesionales; colegios, academias y universidades; telecomunicaciones que traten datos a gran escala; servicios en internet que elaboren perfiles de usuarios a gran escala; bancos, financieras, aseguradoras y empresas de inversión; comercializadoras de luz o gas; ficheros de solvencia o de fraude; publicidad o investigación de mercados con perfiles; centros sanitarios con historias clínicas (no un profesional que trabaje solo); informes comerciales; juego en línea; seguridad privada; federaciones deportivas que traten datos de menores. También los organismos públicos y quien vigile a personas de forma sistemática a gran escala o trate a gran escala datos de salud u otros especialmente protegidos (art. 37 RGPD).
- Sí — mi actividad es una de esas
- No, pero ya tenemos un delegado nombrado por decisión propia
- No — mi actividad no es ninguna de esas
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