21/09/2026 · Portada · registro de jornada
Decía: ¿Buscas solo el registro de jornada? Está incluido y se sostiene ante un juez →
Dice: ¿Buscas solo el registro de jornada? Está incluido y está hecho para servir de prueba →
Fuente: Ningún sistema puede garantizar el resultado de un juicio: prometerlo era una afirmación que no podíamos sostener. Lo que sí hacemos es conservar cada registro con su huella y su sello de tiempo.
21/09/2026 · Portada · infraestructura europea
Decía: Tus datos y los de tus clientes, alojados en infraestructura europea (Ámsterdam). La inferencia de IA puede implicar una transferencia internacional, amparada por DPF y SCC; nunca reenviamos tu trabajo a terceros con otros fines.
Dice: Tus datos y los de tus clientes, alojados en infraestructura europea (Ámsterdam). La inteligencia artificial sí implica una transferencia internacional: qué sale y con qué base, en la política de privacidad. Y esta web no usa cookies de seguimiento ni de publicidad ni carga nada de terceros: puedes comprobarlo en tu navegador.
Fuente: Lista oficial del Data Privacy Framework (dataprivacyframework.gov/list), consultada el 21/09/2026: los proveedores de IA que usamos no figuran en ella, así que «amparada por DPF» no se sostenía. La base de cada transferencia está en la política de privacidad.
21/09/2026 · Ficha de una fuente normativa · canonical_url
Decía: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2025-24544
Dice: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2025-24545
Fuente: La Ley 9/2025 es BOE-A-2025-24545 (la 24544 da 404 en legislación consolidada), abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Ficha de una fuente normativa · abstract_md
Decía: a día de hoy aún no es exigible (sigue admitiéndose papel).
Dice: hasta esa fecha se admite el papel.
Fuente: BOE-A-2025-24545, disposición transitoria octava y final vigesimosegunda, abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · Right to Repair · Plataforma europea y calendario
Decía: y España aún no ha transpuesto la directiva, lo prudente es anticiparse
Dice: y, a 21/09/2026, España no la ha transpuesto (ni norma de transposición en el BOE ni cambios en la ley de consumidores desde febrero de 2026), lo prudente es anticiparse
Fuente: BOE: índice del RDLeg 1/2007 (BOE-A-2007-20555, última actualización 28/02/2026) y buscador de legislación consolidada, abiertos el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · RD 902/2020 Art. 7
Decía: Tiene la vigencia del plan de igualdad del que forma parte, salvo que se determine otra cosa.
Dice: Tiene la vigencia del plan de igualdad del que forma parte, salvo que en él se determine otra inferior (art. 7.2).
Fuente: BOE-A-2020-12215, texto consolidado abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · RD 902/2020 Art. 6
Decía: Y debe incluir la justificación prevista en el art. 28.3 del Estatuto de los Trabajadores cuando la media aritmética o la mediana de las retribuciones así lo exija.
Dice: Y debe incluir la justificación prevista en el art. 28.3 del Estatuto de los Trabajadores cuando la media aritmética o la mediana de las retribuciones totales en la empresa de las personas trabajadoras de un sexo sea superior a las del otro en, al menos, un veinticinco por ciento (art. 6.b).
Fuente: BOE-A-2020-12215, texto consolidado abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · RD 901/2020 Arts. 9-11 · Vigencia y registro
Decía: La auditoría retributiva tiene la misma vigencia que el plan, salvo necesidad de adaptación antes.
Dice: La auditoría retributiva tiene la misma vigencia que el plan, salvo que en él se determine otra inferior (art. 7.2 RD 902/2020).
Fuente: BOE-A-2020-12214, texto consolidado (ultima actualizacion 18/05/2023) abierto el 21/09/2026 y BOE-A-2020-12215 art. 7.2
21/09/2026 · Base normativa · RD 524/2023 · Régimen transitorio (incertidumbre normativa)
Decía: En la práctica, a día de hoy el Plan de Autoprotección se sigue elaborando conforme al RD 393/2007.
Dice: Mientras no se apruebe ese instrumento, el Plan de Autoprotección se sigue elaborando conforme al RD 393/2007.
Fuente: BOE-A-2023-14679, disposición derogatoria única, apartados 2.d) y 3, abierto el 21/09/2026 (el plazo de julio de 2027 del fragmento NO aparece en la derogatoria: pendiente de verificar en las disposiciones finales)
21/09/2026 · Base normativa · PLD 2024 · Aplicación y transposición (rigor de fechas)
Decía: La nueva Directiva entró en vigor el 8 de diciembre de 2024, pero NO es aún aplicable: los Estados miembros deben transponerla antes del 9 de diciembre de 2026
Dice: La nueva Directiva entró en vigor el 8 de diciembre de 2024: los Estados miembros deben transponerla a más tardar el 9 de diciembre de 2026
Fuente: CELEX 32024L2853, arts. 2.1 (productos introducidos o puestos en servicio después del 9/12/2026), 21 y 22, abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · PLD 2024 · Aplicación y transposición (rigor de fechas)
Decía: Aún no exigible: transposición 9/12/2026, hoy rige el régimen anterior
Dice: Transposición a más tardar el 9/12/2026; para productos anteriores rige el régimen anterior
Fuente: CELEX 32024L2853, arts. 2.1 (productos introducidos o puestos en servicio después del 9/12/2026), 21 y 22, abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · Ley 9/2025 · Obligación digital desde el 5/10/2026
Decía: IMPORTANTE: a día de hoy esta obligación AÚN NO ES EXIGIBLE; hasta el 5/10/2026 sigue admitiéndose el documento en papel.
Dice: IMPORTANTE: hasta el 5/10/2026 se admite el documento en papel; desde esa fecha, solo el formato digital.
Fuente: BOE-A-2025-24545, disposición transitoria octava y disposición final vigesimosegunda (entra en vigor el día siguiente a su publicación del 4/12/2025), texto consolidado abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · Ley 9/2025 · Obligación digital desde el 5/10/2026
Decía: (diez meses desde la entrada en vigor de la ley el 4/12/2025)
Dice: (diez meses desde la entrada en vigor de la ley el 5/12/2025, día siguiente a su publicación)
Fuente: BOE-A-2025-24545, disposición transitoria octava y disposición final vigesimosegunda (entra en vigor el día siguiente a su publicación del 4/12/2025), texto consolidado abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · Ley 21/1992 · Reforma en tramitación
Decía: A fecha de hoy ese proyecto NO está aprobado ni en vigor, por lo que sigue siendo aplicable la Ley 21/1992 y sus reglamentos.
Dice: A 21/09/2026 ese proyecto no se ha publicado en el BOE, por lo que sigue siendo aplicable la Ley 21/1992 y sus reglamentos.
Fuente: Buscador de legislación consolidada del BOE (titulo:industria: la nueva ley no figura entre lo publicado) y proyecto 121/000043 del Congreso (presentado el 13/12/2024), abiertos el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · Ley 10/2010 Arts. 26, 26 ter y 28
Decía: Deben designar como representante ante el SEPBLAC a una persona que ejercerá de responsable del cumplimiento y, según el volumen de negocio, constituir un órgano de control interno.
Dice: Deben designar como representante ante el SEPBLAC a una persona que ejerza cargo de administración o dirección y constituir un órgano de control interno (art. 26 ter y art. 35 del RD 304/2014). Los corredores de seguros y los sujetos de las letras i) a u) del art. 2.1 con menos de 10 personas y volumen de negocio o balance no superior a 2 millones de euros (salvo que su grupo los supere) están exceptuados de este y otros requisitos (art. 31.1 del RD 304/2014).
Fuente: BOE-A-2010-6737 (indice consolidado: 26 ter = organo de control interno y representante), art. 28 (texto literal en hacienda.gob.es), art. 31.1 RD 304/2014 (texto literal en Iberley) y formulario F22 del SEPBLAC (2023: art. 26 ter y art. 35 RD; «cargo de administracion o direccion que ejerce»), abiertos el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · Ley 10/2010 Arts. 26, 26 ter y 28
Decía: Determinados sujetos deben someter sus medidas a un examen externo anual por experto independiente.
Dice: Las medidas de control interno se someten a examen externo anual por experto independiente (art. 28), que no es exigible a empresarios o profesionales individuales (art. 28.4).
Fuente: BOE-A-2010-6737 (indice consolidado: 26 ter = organo de control interno y representante), art. 28 (texto literal en hacienda.gob.es), art. 31.1 RD 304/2014 (texto literal en Iberley) y formulario F22 del SEPBLAC (2023: art. 26 ter y art. 35 RD; «cargo de administracion o direccion que ejerce»), abiertos el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · Ley 10/2010 Arts. 25 y 29 · RD 304/2014
Decía: Deben conservar durante diez años la documentación
Dice: Deben conservar durante diez años (art. 25) la documentación
Fuente: BOE-A-2010-6737 (indice consolidado: art. 25 = conservacion de documentos), abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · L 2/2023 Arts. 7 y 9 · procedimiento
Decía: acuse de recibo de la comunicación en un plazo máximo de siete días naturales desde su recepción (salvo que ello perjudique la confidencialidad)
Dice: acuse de recibo de la comunicación en un plazo máximo de siete días naturales desde su recepción (salvo que ello perjudique la confidencialidad; art. 9.2.c)
Fuente: BOE-A-2023-4513, art. 9.2.c y 9.2.d, texto consolidado abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · L 2/2023 Arts. 7 y 9 · procedimiento
Decía: no debe ser superior a tres meses desde el acuse de recibo (ampliable a seis meses en casos de especial complejidad)
Dice: no puede ser superior a tres meses desde la recepción de la comunicación o, si no se remitió acuse de recibo, desde el vencimiento de los siete días siguientes a la comunicación (ampliable otros tres meses en casos de especial complejidad; art. 9.2.d)
Fuente: BOE-A-2023-4513, art. 9.2.c y 9.2.d, texto consolidado abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · L 2/2023 Art. 10 · ámbito y plazos
Decía: Por tanto, a día de hoy la obligación es plenamente exigible para todo el ámbito subjetivo.
Dice: Por tanto, desde el 1 de diciembre de 2023 la obligación es plenamente exigible para todo el ámbito subjetivo.
Fuente: BOE-A-2023-4513, disposición transitoria segunda (plazo del 1 de diciembre de 2023), abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · EHDS · Calendario de aplicación (rigor de fechas)
Decía: Reglamento (UE) 2025/327 entró en vigor el 26 de marzo de 2025, pero su aplicación es progresiva y todavía no es exigible.
Dice: Reglamento (UE) 2025/327 entró en vigor el 26 de marzo de 2025 y es aplicable, con carácter general, a partir del 26 de marzo de 2027; algunas partes, en fases posteriores (2029 y 2031, art. 105).
Fuente: CELEX 32025R0327, art. 105 (aplicación desde el 26/03/2027 y fases de 2029 y 2031), abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · Cybersecurity Act · EUCS (nube) aún no adoptado
Decía: Conviene seguir su evolución, pero a día de hoy solo el EUCC es un esquema operativo.
Dice: Conviene seguir su evolución: el primer esquema adoptado es el EUCC, y la adopción de los demás debe comprobarse en EUR-Lex antes de exigirlos.
Fuente: «solo el EUCC es un esquema operativo» no se pudo verificar con fuentes actuales el 21/09/2026; se deja lo seguro (EUCC, primer esquema adoptado) y la instrucción de comprobarlo
21/09/2026 · Base normativa · CSDDD · Umbrales y calendario tras el Omnibus I
Decía: Solo grandes empresas; aplicación escalonada desde 2029
Dice: Solo grandes empresas; aplicación desde el 26/07/2029
Fuente: CELEX 02024L1760-20260318 (texto consolidado tras el Ómnibus), arts. 2 y 37, abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · CSDDD · Umbrales y calendario tras el Omnibus I
Decía: la transposición por los Estados miembros se sitúa en torno al 26 de julio de 2028 y la aplicación a las empresas es escalonada, comenzando hacia 2029.
Dice: la transposición por los Estados miembros vence el 26 de julio de 2028 y la aplicación a las empresas empieza el 26 de julio de 2029 (la comunicación del art. 16, para ejercicios desde el 1 de enero de 2030).
Fuente: CELEX 02024L1760-20260318 (texto consolidado tras el Ómnibus), arts. 2 y 37, abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · CSDDD · Objeto y estado tras el Omnibus I
Decía: la fecha de transposición por los Estados miembros se traslada al 26 de julio de 2028 y la aplicación se hace por fases, comenzando en julio de 2027 por las empresas de mayor tamaño.
Dice: la fecha de transposición por los Estados miembros se traslada al 26 de julio de 2028 y la aplicación a las empresas obligadas empieza el 26 de julio de 2029 (la comunicación del art. 16, para los ejercicios que comiencen desde el 1 de enero de 2030).
Fuente: CELEX 02024L1760-20260318 (texto consolidado tras el Ómnibus), arts. 2 y 37, abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · CSDDD · A quién aplica y relación con CSRD
Decía: por encima de umbrales elevados, con entrada escalonada;
Dice: por encima de umbrales elevados (más de 5.000 empleados y 1.500 M€ de volumen de negocios mundial neto), con aplicación desde el 26 de julio de 2029;
Fuente: CELEX 02024L1760-20260318 (texto consolidado tras el Ómnibus), arts. 2 y 37, abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · Art. 45 LO 3/2007 · RD 901/2020
Decía: El cómputo de la plantilla se realiza dos veces al año (30 de junio y 31 de diciembre)
Dice: El cómputo de la plantilla se realiza, al menos, el último día de junio y de diciembre (art. 3.2 RD 901/2020)
Fuente: BOE-A-2020-12214, texto consolidado (ultima actualizacion 18/05/2023) abierto el 21/09/2026
21/09/2026 · Base normativa · AI Act Art. 4
Decía: deben adoptar medidas para garantizar, en la medida de lo posible, un **nivel suficiente de alfabetización en materia de IA** de su personal y de quienes operen los sistemas en su nombre, teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, experiencia, formación y el contexto de uso. Aplicable desde el 2 de febrero de 2025.
Dice: deben adoptar medidas para **apoyar la promoción de la alfabetización en materia de IA** de su personal y de quienes operen los sistemas en su nombre, teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, experiencia, educación, formación y el contexto de uso. Desde la redacción del Ómnibus digital (Reglamento (UE) 2026/1744, en vigor el 27 de julio de 2026) la obligación **no exige garantizar un nivel específico** de alfabetización de ninguna persona en particular; la Comisión y los Estados miembros apoyarán su cumplimiento, en particular a las pymes. El art. 4 es aplicable desde el 2 de febrero de 2025.
Fuente: Reglamento (UE) 2024/1689 consolidado a 27/07/2026 (CELEX 02024R1689-20260727), art. 4, texto oficial de la Oficina de Publicaciones abierto el 21/09/2026