¿Qué es el registro retributivo?
Es un documento que recoge los valores medios de salarios, complementos y percepciones extrasalariales de la plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías o puestos de igual valor. Su finalidad es dar transparencia y permitir detectar posibles brechas retributivas. Lo desarrolla el RD 902/2020, de igualdad retributiva.
¿Qué empresas están obligadas?
El registro retributivo obliga a todas las empresas, con independencia de su tamaño —también a las pequeñas—. Cuestión distinta es la auditoría retributiva, que forma parte de cualquier plan de igualdad (RD 901/2020): del obligatorio (empresas de 50 o más personas trabajadoras) y también del voluntario (art. 7.1 del RD 902/2020). Una empresa pequeña sin plan no tiene que hacerla, pero sí llevar el registro retributivo. Es un error común pensar que, por ser pequeña, una empresa no tiene nada que hacer aquí.
¿Qué debe contener?
- La media aritmética y la mediana de lo realmente percibido, desagregado por sexo, para cada grupo o puesto de igual valor.
- Los conceptos separados: salario base, complementos y percepciones extrasalariales.
- Debe estar a disposición de la representación de las personas trabajadoras.
- Si hay representación legal de la plantilla, hay que consultarla al menos diez días antes de elaborar el registro retributivo y cada vez que se modifique (art. 5.6 del RD 902/2020).
¿Qué riesgos hay si no lo tengo?
No disponer del registro, o hacerlo de forma incorrecta, es una infracción en materia laboral y de igualdad, con sanciones económicas asociadas. Y, ante una discrepancia retributiva, su ausencia debilita la posición de la empresa.
Cómo lo resuelve AIM ÆGIS
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Preguntas frecuentes
¿El registro retributivo es obligatorio para pequeñas empresas?
Sí. El registro retributivo obliga a todas las empresas con independencia de su tamaño, incluidas las más pequeñas. La auditoría retributiva, en cambio, forma parte de cualquier plan de igualdad: del obligatorio (a partir de 50 personas) y también del voluntario.
¿Qué diferencia hay entre registro retributivo y auditoría retributiva?
El registro retributivo es el documento con los valores medios de retribución desagregados por sexo, obligatorio para toda empresa. La auditoría retributiva es un análisis más profundo que forma parte de todo plan de igualdad, obligatorio (50 o más personas) o voluntario.
¿Qué debe incluir el registro retributivo?
La media y la mediana de lo realmente percibido —salario base, complementos y percepciones extrasalariales— desagregado por sexo para cada grupo profesional o puesto de igual valor, a disposición de la representación de la plantilla.
¿Cada cuánto hay que actualizar el registro retributivo?
El registro debe reflejar la situación vigente y, con carácter general, se refiere al periodo natural del año, sin perjuicio de las modificaciones que sea necesario introducir cuando cambien las circunstancias.
Fuentes oficiales
Contenido revisado contra las fuentes oficiales el 25/09/2026. Las normas cambian: si lees esto mucho después, confirma las fechas.
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