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ACTIVO eIDAS 2

Reglamento eIDAS 2 · Identidad Digital Europea

Reg. (UE) 910/2014 · mod. Reg. (UE) 2024/1183

Datos clave · eIDAS 2Servicios digitales
A quién obliga
Prestadores de servicios de confianza, entidades que usan firma electrónica con efectos jurídicos y entidades que verifican la identidad de clientes a distancia.
Sanción máxima
Variable según el régimen del servicio y el acto de ejecución
En vigor desde
eIDAS 17/09/2014 · eIDAS 2 desde 20/05/2024
Autoridad
Ministerio para la Transformación Digital
Qué es

eIDAS 2, en claro.

Régimen europeo de identidad digital y servicios de confianza. La firma electrónica cualificada equivale a la manuscrita (Art. 25) y es plenamente exigible hoy; los servicios de confianza cualificados se prestan por proveedores supervisados en la lista de confianza. La Cartera Europea de Identidad Digital se despliega progresivamente a partir de finales de 2026.

Estado en ÆGIS: activo. Flujo completo: evaluación guiada que detecta tus obligaciones, plantillas de documento que se rellenan con tus datos para que las revises, y el asistente, que cita el artículo de cada respuesta y comprueba si ese artículo está en la base normativa. Disponible en la plataforma.

Fechas clave

  1. Cartera Europea de Identidad Digital · despliegue desde finales de 2026
Qué dice la norma

Obligaciones y artículos clave

El asistente cita estos puntos por su artículo. 10 referencias cargadas en el motor — muestra de 4.

  • eIDAS 2.0 · Cartera Europea de Identidad Digital (EUDI Wallet)

    Una cartera de identidad digital para toda la UE

    La principal novedad de eIDAS 2.0 es la Cartera Europea de Identidad Digital: cada Estado miembro deberá ofrecer al menos una cartera que permita a personas y empresas identificarse electrónicamente y almacenar, presentar y compartir atributos y credenciales (identidad, títulos, permisos, medios de pago) de forma controlada por el usuario. Su despliegue depende de los actos de ejecución y de los marcos de referencia técnicos; los Estados deben ponerla a disposición tras su adopción. La cartera será reconocida transfronterizamente.

  • eIDAS Art. 3 y Anexos · Servicios de confianza cualificados

    Sellos, sellos de tiempo, entrega certificada y lista de confianza

    eIDAS regula los servicios de confianza: firmas y sellos electrónicos (el sello es el equivalente de la firma para personas jurídicas), sellos de tiempo electrónicos (que prueban la existencia de un dato en un instante), servicios de entrega electrónica certificada (equivalente al burofax) y certificados de autenticación de sitios web. Los servicios CUALIFICADOS los prestan proveedores cualificados supervisados e incluidos en la 'lista de confianza' (Trusted List) nacional, lo que les otorga presunción de fiabilidad. eIDAS 2.0 añade nuevos servicios cualificados (p. ej., archivo electrónico y libros mayores electrónicos).

  • eIDAS · Niveles de seguridad de la identificación electrónica

    Niveles bajo, sustancial y alto, reconocidos en toda la UE

    Los sistemas de identificación electrónica se clasifican en tres niveles de seguridad —bajo, sustancial y alto— según la robustez del proceso de registro y autenticación. Los medios notificados por un Estado miembro deben ser reconocidos por los demás para el acceso a servicios públicos en línea (reconocimiento mutuo transfronterizo). Para un despacho, esto importa al verificar la identidad de un cliente o firmante a distancia: el nivel exigible depende del riesgo de la operación, y la cartera EUDI tenderá a ofrecer nivel alto.

  • eIDAS Art. 25 · Efecto jurídico de la firma electrónica

    La firma electrónica cualificada equivale a la manuscrita

    El Art. 25 del Reglamento 910/2014 (mantenido por eIDAS 2.0) establece que a una firma electrónica no se le pueden negar efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba solo por ser electrónica o por no ser cualificada. La firma electrónica CUALIFICADA —basada en un certificado cualificado y creada con un dispositivo cualificado de creación de firma— tiene un efecto jurídico equivalente al de la firma manuscrita. Esto es la base de validez de los expedientes y dossieres que un jurista firma electrónicamente: una firma cualificada del responsable hace el documento plenamente oponible.

En la plataforma

Qué puedes hacer con este marco en ÆGIS

EVALUACIÓN INTERACTIVA

Árbol de decisión guiado

Un cuestionario adaptativo determina qué obligaciones de eIDAS 2 aplican a cada cliente y detecta sus brechas. El resultado alimenta los documentos y el universo de controles.

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DOCUMENTOS QUE GENERA · 1

Borradores con tus datos, para que los revises
  • Política de Firma Electrónica e Identificación Digital (eIDAS)
El siguiente paso

¿Qué más te exige la ley? Míralo con el artículo al lado.

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