Directiva sobre Responsabilidad por Productos Defectuosos
Dir. (UE) 2024/2853
- A quién obliga
- Fabricantes del producto o del componente, quien lo modifica sustancialmente y, si el fabricante está fuera de la UE, importador, representante autorizado o prestador logístico. Distribuidores y plataformas en línea solo de forma subsidiaria: si no identifican en un mes a un operador responsable (las plataformas, además, solo cuando presentan el producto como si lo ofrecieran ellas, art. 6.3 DSA). Incluye el software y los sistemas de IA.
- Sanción máxima
- Responsabilidad civil sin tope frente al perjudicado (irrenunciable por contrato)
- En vigor desde
- Aplicable a productos comercializados desde 09/12/2026 (hoy rige el régimen anterior)
- Autoridad
- Tribunales civiles
PLD nueva, en claro.
Moderniza el régimen de responsabilidad objetiva por productos defectuosos: el concepto de 'producto' incluye ahora el software y la IA, amplía la cadena de responsables (importador, distribuidor, plataforma) e introduce presunciones a favor del perjudicado. Se transpone a más tardar el 9/12/2026 y se aplica a los productos introducidos en el mercado o puestos en servicio después de esa fecha; hasta entonces rige el régimen anterior (TRLGDCU). Marco de preparación anticipada.
Estado en ÆGIS: activo. Flujo completo: evaluación guiada que detecta tus obligaciones, plantillas de documento que se rellenan con tus datos para que las revises, y el asistente, que cita el artículo de cada respuesta y comprueba si ese artículo está en la base normativa. Disponible en la plataforma.
Fechas clave
- Transposición y aplicación · 9 de diciembre de 2026
Obligaciones y artículos clave
El asistente cita estos puntos por su artículo. 5 referencias cargadas en el motor — muestra de 4.
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PLD 2024 · Software, IA y nuevos tipos de daño
El 'producto' ya incluye el software y la IA; los datos cuentan como daño
La Directiva (UE) 2024/2853 mantiene la responsabilidad objetiva (sin culpa) del fabricante por los daños causados por un producto defectuoso, pero actualiza el concepto: 'producto' incluye ahora el software, los sistemas de inteligencia artificial y los archivos de fabricación digital, y un producto puede considerarse defectuoso por no recibir las actualizaciones de seguridad necesarias. Entre los daños indemnizables se incluye la destrucción o corrupción de datos no utilizados con fines profesionales. Se transpone antes del 9 de diciembre de 2026 y se aplica a los productos comercializados a partir de entonces.
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PLD 2024 · Facilidades probatorias para el perjudicado
Presunciones de defecto y de causalidad en casos complejos
Para reequilibrar la posición del perjudicado frente a productos complejos (IA, sistemas digitales), la Directiva introduce el deber del demandado de exhibir pruebas y una serie de presunciones rebatibles de defecto y de nexo causal cuando al demandante le resulte excesivamente difícil probarlo por la complejidad técnica o científica. También amplía los plazos para los daños que se manifiestan tardíamente. Es una pieza que se coordina con el régimen de responsabilidad civil de otras normas (CSDDD, IA).
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PLD 2024 Art. 8 · Operadores económicos responsables
Quién responde: fabricante, importador, distribuidor y plataforma
La Directiva amplía los operadores que pueden responder por un producto defectuoso: el fabricante del producto o de un componente; el fabricante de un producto modificado sustancialmente; si el fabricante está fuera de la UE, el importador y el representante autorizado y, si no hay ninguno, el prestador de servicios logísticos; el distribuidor si, requerido, no identifica en un mes a un operador responsable en la UE o a su proveedor; y, con la misma regla, las plataformas en línea solo cuando presentan el producto de forma que el consumidor medio crea que lo ofrece la propia plataforma (art. 6.3 del Reglamento de Servicios Digitales). Esto afecta de lleno a quien fabrica, importa, distribuye o vende productos —incluido software— en la UE.
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PLD 2024 · Daños indemnizables y plazos
Daños cubiertos, plazos de reclamación y prescripción
Son indemnizables los daños por muerte o lesiones físicas (incluidos los daños psicológicos reconocidos médicamente), los daños a bienes y la destrucción o corrupción de datos no usados con fines profesionales. El perjudicado dispone de un plazo de tres años desde que conoce el daño, el defecto y al responsable, y de un plazo máximo (de prescripción) de diez años desde la puesta en el mercado del producto, ampliable a veinticinco años en daños personales que se manifiestan tardíamente. La responsabilidad no puede limitarse ni excluirse por contrato frente al perjudicado.
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