Graduaciones y audiometrías, tratadas como datos de salud.
Las graduaciones, audiometrías y patologías visuales o auditivas son datos de salud (Art. 9 RGPD). Súmale las financiaciones, el marketing y los encargados de laboratorio. Qué te obliga y qué no, con su cita, y los documentos de tu óptica preparados con tus datos para que los revises.
Ficha en preparación. Todavía no tiene todo lo que pedimos a una ficha completa: cinco casos de sanción comprobados, cinco situaciones, cinco plantillas y la base sectorial del copiloto. Los casos que ves están comprobados uno a uno en su resolución de aepd.es.
- 3 preguntas
- sin registro
- sin tarjeta
Situación por situación, con la norma que la impone.
Esto es lo propio del sector. Lo que te toca por tu tamaño o por lo que haces (web, cámaras, datos de salud…) lo ves en «¿Qué me aplica?», con este sector ya marcado.
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Situación 01
Datos de graduación y audiometría
Qué puede costar si se incumpleTratar datos de salud sin una excepción del art. 9.2 RGPD es infracción del art. 9 (art. 83.5 RGPD: hasta 20 M€ o el 4 % del volumen de negocio anual, si es mayor)
- El problema
- Recoges graduaciones y audiometrías. ¿Cómo los tratas al ser datos de salud?
- Qué exige la normativa
- Datos de salud (Art. 9) · base adecuada · acceso restringido · conservación limitada.
- Cómo lo resuelve AIM ÆGIS
- Consentimiento conforme + política de acceso y conservación de los datos de salud.
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Situación 02
Revisiones y marketing
Qué puede costar si se incumpleCasos reales: 20.000 € a una óptica por seguir enviando publicidad tras la oposición del cliente (PS/00195/2024) y 10.000 € a otra por SMS sin consentimiento ni baja (PS/00076/2024)
- El problema
- Quieres recordar revisiones y mandar ofertas. ¿Qué consentimiento necesitas?
- Qué exige la normativa
- Consentimiento o interés legítimo · Art. 21 LSSI-CE · oposición.
- Cómo lo resuelve AIM ÆGIS
- Política de comunicaciones y textos de consentimiento.
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Situación 03
Financiación de gafas/audífonos
Qué puede costar si se incumpleCeder datos sin base jurídica es infracción del art. 6 RGPD (art. 83.5 RGPD: hasta 20 M€ o el 4 % del volumen de negocio anual, si es mayor)
- El problema
- Tramitas financiaciones con entidades. ¿Cómo cedes los datos?
- Qué exige la normativa
- Base e información para la cesión · solo lo imprescindible.
- Cómo lo resuelve AIM ÆGIS
- Cláusula de cesión a financieras + checklist.
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Situación 04
Laboratorio y software
Qué puede costar si se incumpleSin contrato de encargo, infracción del art. 28 RGPD (art. 83.4 RGPD: hasta 10 M€ o el 2 % del volumen de negocio anual, si es mayor)
- El problema
- Usas laboratorio de montaje y software de gestión. ¿Qué contratos necesitas?
- Qué exige la normativa
- Contrato Art. 28 · transferencias internacionales.
- Cómo lo resuelve AIM ÆGIS
- Registro de encargados y contratos Art. 28.
Los marcos del catálogo que cubren este sector, con su referencia oficial. Cada uno explica a quién obliga y desde cuándo.
Lo que puede costar no hacerlo.
Tres procedimientos de la AEPD contra ópticas y centros auditivos, cada uno con su resolución enlazada
Importes que citan las resoluciones: de 1.500 € (PS/00273/2025) a 20.000 € (PS/00195/2024)
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PS/00273/2025 · Audio Óptica Europa
1.500 €Importe que cita el caso
Una óptica (Audio Óptica Europa, S.L.) usó en su publicidad en papel y digital fotos de la hija menor de una empleada sin un consentimiento válido para cada imagen y canal. La AEPD le abrió procedimiento por el art. 6 RGPD con 1.500 €; pagó 900 € el 18/09/2025 con las dos reducciones.
CausaFotos de una menor en la publicidad sin consentimiento válido (art. 6 RGPD)
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PS/00195/2024 · Supervista Optics
20.000 €Importe que cita el caso
Una cadena de ópticas (Supervista Optics, S.L.U., antes Gafas en Red de Ópticas) siguió enviando publicidad a una clienta que se había opuesto a recibirla. La AEPD le impuso 20.000 € por comunicaciones comerciales sin consentimiento (art. 21 LSSI).
CausaPublicidad tras la oposición del cliente (art. 21 LSSI)
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PS/00076/2024 · Gafas en Red de Ópticas
10.000 €Importe que cita el caso
La misma cadena mandaba SMS publicitarios, sin enlace para darse de baja, a una persona que nunca había consentido. La AEPD le abrió procedimiento por el art. 21 LSSI con 10.000 €; pagó 6.000 € el 04/04/2024 con las dos reducciones.
CausaSMS publicitarios sin consentimiento ni baja (art. 21 LSSI)
3 documentos, cada uno con su base legal.
Se generan a partir del caso de cada empresa: documentos editables para que los revises, con la norma que cumplen a la vista.
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Consentimiento y política de datos de salud
Graduación y audiometría conforme al Art. 9.
Base legal: Art. 9 RGPDPDF + Word editable -
Política de comunicaciones comerciales
Revisiones y promociones.
Base legal: Art. 21 LSSI-CEPDF + Word editable -
RAT de la óptica
Registro de tratamientos.
Base legal: Art. 30 RGPDPDF + Word editable
¿Llevas clientes de este sector? Ofréceselo con tu marca.
Cada cliente del sector ve qué le obliga y por qué, con su artículo; tú revisas lo que exige criterio profesional y lo facturas como servicio tuyo. Te enseñamos cómo, sin compromiso.
~9.000 ópticas y centros auditivos en España.
Lo que te toca a ti, en tres preguntas.
Tu sector ya viene marcado: di cuántas personas sois y qué haces, y verás cada obligación con su porqué y su norma.
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