Conductores y rutas: qué puedes controlar y qué no, con su norma.
El control de los conductores (GPS, tacógrafo, cámaras) es tratamiento de datos de empleados con reglas estrictas. Súmale los datos de clientes y destinatarios, las cámaras y los encargados. ÆGIS te dice qué te exige cada regla y qué no, con su artículo, y te prepara los documentos con los datos de tu empresa para que los revises.
Ficha en preparación. Todavía no tiene todo lo que pedimos a una ficha completa: cinco casos de sanción comprobados, cinco situaciones, cinco plantillas y la base sectorial del copiloto. Los casos que ves están comprobados uno a uno en su resolución de aepd.es.
- 3 preguntas
- sin registro
- sin tarjeta
Situación por situación, con la norma que la impone.
Esto es lo propio del sector. Lo que te toca por tu tamaño o por lo que haces (web, cámaras, datos de salud…) lo ves en «¿Qué me aplica?», con este sector ya marcado.
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Situación 01
GPS y tacógrafo de conductores
Qué puede costar si se incumpleControlar sin informar antes es infracción del art. 13 RGPD y del art. 90 LOPDGDD (art. 83.5 RGPD: hasta 20 M€ o el 4 % del volumen de negocio anual, si es mayor); caso real de datos de más a los conductores: 2.000.000 € a Amazon Road Transport por pedirles antecedentes penales (PS/00267/2020)
- El problema
- Controlas la flota con GPS y tacógrafo. ¿Qué obligaciones tienes con los conductores?
- Qué exige la normativa
- Geolocalización (GPS): solo para las funciones de control del art. 20.3 ET, informando antes a los conductores y a sus representantes de forma expresa, clara e inequívoca sobre la existencia y características del sistema y sus derechos (Art. 90 LOPDGDD y Art. 20 bis ET) · proporcionalidad · no vigilar fuera de jornada. Tacógrafo: es obligatorio (Reglamento (UE) 165/2014); la empresa debe formar a los conductores, comprobar su uso, conservar las hojas de registro y los documentos impresos al menos un año y entregar copia al conductor que la pida, también de los datos de su tarjeta (art. 33).
- Cómo lo resuelve AIM ÆGIS
- Política de monitorización de conductores e información a la plantilla, citando la normativa laboral.
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Situación 02
Cámaras en almacén y vehículos
Qué puede costar si se incumpleGrabar más de lo necesario o sin cartel es infracción de los arts. 5.1.c y 13 RGPD (art. 83.5 RGPD: hasta 20 M€ o el 4 % del volumen de negocio anual, si es mayor); caso real de control biométrico: 20.000 € a una empresa logística por la huella de la plantilla sin evaluación de impacto (PS/00050/2021)
- El problema
- Tienes cámaras en el almacén y en cabinas. ¿Hasta dónde puedes grabar?
- Qué exige la normativa
- Proporcionalidad reforzada (ámbito laboral) · cartel · no vigilancia permanente · conservación de un mes como máximo.
- Cómo lo resuelve AIM ÆGIS
- Análisis de cámaras laborales + cartelería + política.
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Situación 03
Datos de clientes y destinatarios
Qué puede costar si se incumpleCaso real: 70.000 € a una empresa de reparto que entregó un paquete a quien no era el destinatario (PS/00272/2023)
- El problema
- Tratas datos de quien envía y quien recibe. ¿Qué base y qué información?
- Qué exige la normativa
- Base jurídica · información · minimización · cesiones solo con base.
- Cómo lo resuelve AIM ÆGIS
- Cláusula informativa y registro de tratamientos de envíos.
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Situación 04
Software de flota y subcontratas
Qué puede costar si se incumpleCaso real: 120.000 € a una empresa de paquetería por incumplir sus obligaciones como encargada del tratamiento (PS/00243/2023)
- El problema
- Usas software de flota y subcontratas el reparto. ¿Qué contratos necesitas?
- Qué exige la normativa
- Contrato Art. 28 · subencargados · transferencias internacionales.
- Cómo lo resuelve AIM ÆGIS
- Registro de encargados y contratos Art. 28.
Los marcos del catálogo que cubren este sector, con su referencia oficial. Cada uno explica a quién obliga y desde cuándo.
Lo que puede costar no hacerlo.
Cinco procedimientos de la AEPD contra empresas de transporte y logística, cada uno con su resolución enlazada
Importes que citan las resoluciones: de 1.200 € (PS/00365/2024) a 2.000.000 € (PS/00267/2020)
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PS/00267/2020 · Amazon Road Transport
2.000.000 €Importe que cita el caso
La empresa de transporte del grupo Amazon en España (Amazon Road Transport Spain, S.L.) pedía a los transportistas autónomos que querían trabajar para ella un certificado de antecedentes penales. La AEPD le impuso 2.000.000 € por tratar datos penales sin base jurídica (art. 6.1, en relación con el art. 10 RGPD y el art. 10 LOPDGDD).
CausaCertificado de antecedentes penales a los conductores (arts. 6.1 y 10 RGPD y 10 LOPDGDD)
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PS/00050/2021 · Servicios Logísticos Martorell
20.000 €Importe que cita el caso
Una empresa de transporte y montaje de piezas de automóvil (Servicios Logísticos Martorell Siglo XXI, S.L.) implantó el fichaje con huella dactilar para sus unos 520 trabajadores sin evaluación de impacto. La AEPD propuso 20.000 € (art. 35 RGPD); pagó 16.000 € el 19/10/2021 con la reducción por pago voluntario.
CausaHuella dactilar de la plantilla sin evaluación de impacto (art. 35 RGPD)
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PS/00272/2023 · The Bee Logistics
70.000 €Importe que cita el caso
Una empresa de reparto (The Bee Logistics, S.L.) entregó un paquete a una persona distinta de la destinataria. La AEPD le impuso 50.000 € por vulnerar la confidencialidad (art. 5.1.f RGPD) y 20.000 € por falta de medidas de seguridad (art. 32).
CausaPaquete entregado a quien no era el destinatario (arts. 5.1.f y 32 RGPD)
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PS/00243/2023 · Fourth Party Logistics (Envialia)
120.000 €Importe que cita el caso
Un mensajero de una empresa de paquetería (Fourth Party Logistics, S.L., Envialia) entregó un paquete a un desconocido que dijo ser el vecino. La AEPD le abrió procedimiento por incumplir sus obligaciones como encargada del tratamiento (arts. 28.2 y 28.3 RGPD) con 60.000 € por cada una; pagó 72.000 € el 03/07/2023 con las dos reducciones.
CausaObligaciones del encargado en el reparto de paquetes (arts. 28.2 y 28.3 RGPD)
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PS/00365/2024 · OAC Logística
1.200 €Importe que cita el caso
Una empresa de logística (OAC Logística, S.L.) pidió a un aspirante a un empleo, antes incluso de la entrevista, documentación que no necesitaba en ese momento. La AEPD le impuso 600 € por pedir datos de más (art. 5.1.c RGPD) y 600 € por el art. 5.1.f, y le ordenó corregirlo en tres meses.
CausaDocumentación de más a un candidato antes de la entrevista (arts. 5.1.c y 5.1.f RGPD)
3 documentos, cada uno con su base legal.
Se generan a partir del caso de cada empresa: documentos editables para que los revises, con la norma que cumplen a la vista.
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Política de monitorización de conductores
GPS (Art. 90 LOPDGDD) y tacógrafo (Reglamento (UE) 165/2014).
Base legal: Art. 13 RGPD + Art. 90 LOPDGDD + Art. 20 bis ET + Reglamento (UE) 165/2014PDF + Word editable -
Política de videovigilancia laboral
Almacén y vehículos.
Base legal: Art. 22 LOPDGDDPDF + Word editable -
RAT de la empresa de transporte
Registro de tratamientos.
Base legal: Art. 30 RGPDPDF + Word editable
¿Llevas clientes de este sector? Ofréceselo con tu marca.
Cada cliente del sector ve qué le obliga y por qué, con su artículo; tú revisas lo que exige criterio profesional y lo facturas como servicio tuyo. Te enseñamos cómo, sin compromiso.
~40.000 empresas de transporte de mercancías y logística en España.
Lo que te toca a ti, en tres preguntas.
Tu sector ya viene marcado: di cuántas personas sois y qué haces, y verás cada obligación con su porqué y su norma.
- 3 preguntas
- sin registro
- sin tarjeta