Cuando encontramos un error en lo que publicamos, o en la base normativa que usa el copiloto, lo corregimos después de abrir el texto oficial y lo dejamos anotado aquí: cuándo, qué decía, qué dice ahora y en qué fuente nos apoyamos. Esta página se genera sola a partir del registro de correcciones.
La mayoría de las correcciones de septiembre de 2026 salen de una revisión propia de todo lo que publicamos, frase a frase, contra el texto oficial (BOE, DOUE, EUR-Lex). La hemos hecho nosotros, con nuestro agente; no es la revisión de un despacho externo. Cifras, método y límites de la revisión →
Mostrando 601–660 de 1887, de la más reciente a la más antigua.
/sectores/dental · casos de sanción · Dental Comercio 4
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00172/2024 · Dental Comercio 4 · 5.000 € · Una persona inscrita en la Lista Robinson recibió una llamada en la que le ofrecían tratamientos de una clínica dental (Gerdental). La AEPD fijó 5.000 € a Dental Comercio 4, S.L. por llamar con fines comerciales a quien se había opuesto (art. 48.1.b de la Ley General de Telecomunicaciones y art. 23.4 LOPDGDD); pagó 3.000 € con las dos reducciones.
Fuente: AEPD, PS/00172/2024, https://www.aepd.es/documento/ps-00172-2024.pdf: «recibe una llamada de la Clínica Gerdental ofertando varios tratamientos y le comunica que está registrada en Lista Robinson»; «INICIAR PROCEDIMIENTO SANCIONADOR a DENTAL COMERCIO 4 S.L. [...] artículo 48.1.b) de la LGT, en relación con el art. 23.4 de la LOPDGDD»; «cantidad total 5.000,00 euros [...] cantidad definitiva de 3.000,00 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/dental · casos de sanción · Clínica Dental San Francisco
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00078/2022 · Clínica Dental San Francisco · 7.000 € · Una expaciente pidió en 2018 que la dieran de baja y dejaran de enviarle publicidad, y la clínica (Clínica Dental San Francisco, S.L.) le mandó siete mensajes publicitarios más hasta finales de 2021. La AEPD fijó 5.000 € por no atender la supresión (arts. 12 y 17 RGPD) y 2.000 € por las comunicaciones comerciales sin consentimiento (art. 21 LSSI); la clínica pagó 4.200 € con las dos reducciones.
Fuente: AEPD, PS/00078/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00078-2022.pdf: «el 15/06/18 les solicitó darse de baja de sus sistemas, pero la siguieron enviando mensajes publicitarios»; «ha recibido hasta 7 mensajes publicitarios sin su consentimiento»; «5.000 euros por la infracción del artículo 17 del RGPD y 2.000 euros por la infracción del art. 21 de la LSSI»; «ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 4200 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/dental · casos de sanción · Clínica Dental Sagrada Familia
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00253/2023 · Clínica Dental Sagrada Familia · 30.000 € · La sociedad que explota varias clínicas odontológicas (Apollonia Topco, S.L., Clínica Dental Sagrada Familia de Barcelona) exigía copia del DNI para devolver a los pacientes lo cobrado de más. La AEPD le impuso 20.000 € por pedir datos innecesarios (minimización, art. 5.1.c RGPD) y 10.000 € por infringir el art. 38 RGPD (la posición del delegado de protección de datos).
Fuente: AEPD, PS/00253/2023, https://www.aepd.es/documento/ps-00253-2023.pdf: «la parte reclamada, que presta servicios médicos y explota varias clínicas odontológicas»; «ha dispuesto que sus clientes le aporten copia de su documento de identidad»; «IMPONER a APOLLONIA TOPCO, S.L. [...] artículo 5.1.c) del RGPD [...] una multa de 20.000 euros» y «artículo 38 del RGPD [...] una multa de 10.000 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/dental · casos de sanción · Axarquía Vélez Dental
Decía:PS/00439/2024 · cámara en gabinete · 5.000 € · La AEPD sancionó a una clínica dental (PS/00439/2024) con 5.000 € por tener cámaras en los gabinetes que grababan de forma continua a los pacientes durante los tratamientos. Vulnera el principio de minimización (Art. 5.1.c RGPD): es un tratamiento desproporcionado para la finalidad de seguridad. La multa quedó en 3.000 € por reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario (reducción del 40 %).
Dice: PS/00439/2024 · Axarquía Vélez Dental · 8.000 € · Una clínica dental (Axarquía Vélez Dental, S.L.) tenía once cámaras, una en cada uno de sus cinco gabinetes, que grababan a los pacientes durante los tratamientos, y otras que captaban en exceso los puestos de trabajo. La AEPD fijó 5.000 € por las de los gabinetes y 3.000 € por las de los puestos de trabajo (minimización, art. 5.1.c RGPD); la clínica pagó 5.400 € (3.000 € y 2.400 €) con las reducciones.
Fuente: AEPD, PS/00439/2024, https://www.aepd.es/documento/ps-00439-2024.pdf: «cuenta en su establecimiento [...] con un sistema de videovigilancia integrado, al menos, por 11 cámaras [...] una cámara en cada uno de los cinco gabinetes»; «La suma de las citadas cuantías arroja una cantidad total de 8.000 euros»; «por la instalación de cámaras en los gabinetes/quirófanos, [...] cantidad definitiva de 3.000 euros»; «por la captación excesiva de los puestos de trabajo de sus empleados, [...] reducción de un 20%» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/dental · casos de sanción · AEPD · WhatsApp sin consentimiento
Decía:AEPD · WhatsApp sin consentimiento · 2.000 € · Comunicarse con pacientes por WhatsApp o enviarles comunicaciones comerciales sin su consentimiento expreso es un patrón sancionado: WhatsApp comparte datos con terceros y su uso requiere consentimiento informado. Aplica también el Art. 21 LSSI a los recordatorios y campañas.
Dice: Se retira de la lista de casos: no tiene número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00439/2024, PS/00520/2014, PS/00078/2024, PS/00253/2023, PS/00078/2022, PS/00172/2024 · comprobado el 27/09/2026
/sectores/consultoria · situaciones · Teletrabajo sin agujeros · sanción
Decía:1.000 € - 10.000 €
Dice: Caso real: 100.000 € a una consultora por un ciberataque con datos de sus clientes (PS/00312/2025)
Fuente: «1.000 € - 10.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. AEPD, PS/00312/2025, https://www.aepd.es/documento/ps-00312-2025.pdf: «dicha empresa había sufrido un ciberataque que afectó a la confidencialidad y disponibilidad de los datos personales que trataba»; «Multa administrativa de 100.000,00 euros [...] por la presunta infracción del artículo 5.1.f) del RGPD»; «STRATESYS ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 60.000,00 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/consultoria · situaciones · Subcontratas a un freelance para un proyecto · sanción
Decía:2.000 € - 12.000 €
Dice: Subcontratar sin autorización del cliente es infracción del art. 28.2 RGPD (art. 83.4 RGPD: hasta 10 M€ o el 2 % del volumen de negocio anual, si es mayor)
Fuente: «2.000 € - 12.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. Lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
/sectores/consultoria · situaciones · El contrato de encargo que tu cliente te exige mañana · sanción
Decía:3.000 € - 20.000 €
Dice: Caso real: 15.000 € a una empresa de servicios que incumplió el encargo y no contestó a la AEPD (PS/00668/2022)
Fuente: «3.000 € - 20.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. AEPD, PS/00668/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00668-2022.pdf: «la prestación de servicios de asesoría y apoyo comercial y técnico para la captación de clientes, incluida la realización de acciones de venta telefónica, interviniendo la misma en estas acciones bajo la condición de encargada del tratamiento»; «IMPONER a GESTERPOOL, S.L.U., [...] artículo 28 del RGPD, [...] 10.000 euros [...] artículo 58.1 del RGPD, [...] 5.000 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/consultoria · sanciones · resumen
Decía:Encargo sin contrato, brechas en teletrabajo y control de equipos sin información: el patrón del sector servicios
Dice: Tres procedimientos de la AEPD contra consultoras y empresas de servicios profesionales, cada uno con su resolución enlazada
Fuente: Lo que decía no tiene fuente oficial; se sustituye por los casos comprobados de la ficha, cada uno con su resolución: PS/00312/2025 (https://www.aepd.es/documento/ps-00312-2025.pdf), PS/00668/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00668-2022.pdf), PS/00578/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00578-2022.pdf) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/consultoria · sanciones · detalle
Decía:De varios miles a decenas de miles de euros según el caso
Dice: Importes que citan las resoluciones: de 2.000 € (PS/00578/2022) a 100.000 € (PS/00312/2025)
Fuente: Lo que decía no tiene fuente oficial; se sustituye por los casos comprobados de la ficha, cada uno con su resolución: PS/00312/2025 (https://www.aepd.es/documento/ps-00312-2025.pdf), PS/00668/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00668-2022.pdf), PS/00578/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00578-2022.pdf) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/consultoria · casos de sanción · Stratesys
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00312/2025 · Stratesys · 100.000 € · Una consultora tecnológica (Stratesys Technology Solutions, S.L.) sufrió un ciberataque en el que le robaron información, con datos que trataba para sus clientes. La AEPD fijó 100.000 € por vulnerar la integridad y confidencialidad de los datos (art. 5.1.f RGPD); pagó 60.000 € el 24/07/2025 con las dos reducciones.
Fuente: AEPD, PS/00312/2025, https://www.aepd.es/documento/ps-00312-2025.pdf: «dicha empresa había sufrido un ciberataque que afectó a la confidencialidad y disponibilidad de los datos personales que trataba»; «Multa administrativa de 100.000,00 euros [...] por la presunta infracción del artículo 5.1.f) del RGPD»; «STRATESYS ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 60.000,00 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/consultoria · casos de sanción · Gesterpool
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00668/2022 · Gesterpool · 15.000 € · Una empresa que prestaba a Naturgy servicios de asesoría y apoyo comercial, con venta telefónica, como encargada del tratamiento (Gesterpool, S.L.U.) incumplió sus obligaciones de encargada y no atendió los requerimientos de la AEPD. Le impuso 10.000 € (art. 28 RGPD) y 5.000 € (art. 58.1).
Fuente: AEPD, PS/00668/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00668-2022.pdf: «la prestación de servicios de asesoría y apoyo comercial y técnico para la captación de clientes, incluida la realización de acciones de venta telefónica, interviniendo la misma en estas acciones bajo la condición de encargada del tratamiento»; «IMPONER a GESTERPOOL, S.L.U., [...] artículo 28 del RGPD, [...] 10.000 euros [...] artículo 58.1 del RGPD, [...] 5.000 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/consultoria · casos de sanción · Consultoría Peritaciones Almerienses
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00578/2022 · Consultoría Peritaciones Almerienses · 2.000 € · El formulario de contacto de la web de una consultora de peritaciones (Consultoría Peritaciones Almerienses, S.L.) no informaba del tratamiento ni del responsable, y no contestó a un derecho de acceso. La AEPD le abrió procedimiento por el art. 13 RGPD con 2.000 €; pagó 1.200 € el 30/03/2023 con las dos reducciones.
Fuente: AEPD, PS/00578/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00578-2022.pdf: «en su página web ofrece un formulario de contacto, y no indica ninguna información sobre el tratamiento de los datos ni el responsable del fichero»; «INICIAR PROCEDIMIENTO SANCIONADOR a CONSULTORÍA PERITACIONES ALMERIENSES, S.L., [...] artículo 13 del RGPD»; «MULTA ADMINISTRATIVA de 2.000,00 euros»; «ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 1200 euros» · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (teletrabajo) · 12.000 € · Un portátil sin cifrar perdido, carpetas compartidas abiertas o el correo personal para enviar entregables: las brechas en remoto se sancionan por falta de medidas (Arts. 5.1.f y 32 RGPD).
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00312/2025, PS/00668/2022, PS/00578/2022 · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (subencargo) · 10.000 € · Subcontratar a un freelance o a otra firma sin autorización del cliente y sin contrato en cadena incumple el Art. 28.2 (autorización previa y por escrito del cliente) y el 28.4 (contrato con el subencargado): la confidencialidad prometida al cliente se rompe aguas abajo.
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00312/2025, PS/00668/2022, PS/00578/2022 · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (encargado) · 15.000 € · Si tratas datos de tus clientes sin contrato de encargo del Art. 28, tú mismo, como encargado, puedes ser sancionado: el RGPD te impone obligaciones propias (arts. 28 a 33) y multas de hasta 10 M€ o el 2 % de la facturación (art. 83.4), además de las del cliente responsable.
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00312/2025, PS/00668/2022, PS/00578/2022 · comprobado el 27/09/2026
/sectores/consultoria · casos de sanción · AEPD e ITSS · patrón documentado (control)
Decía:AEPD e ITSS · patrón documentado (control) · 8.000 € · Monitorizar el correo o los equipos del personal sin política informada previa invalida la prueba y se sanciona: el control empresarial exige transparencia (ET Art. 20.3 y doctrina).
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00312/2025, PS/00668/2022, PS/00578/2022 · comprobado el 27/09/2026
/sectores/consultoria · aviso de ficha en preparación (también en su tarjeta de /sectores)
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: Ficha en preparación. Todavía no tiene todo lo que pedimos a una ficha completa: cinco casos de sanción comprobados, cinco situaciones, cinco plantillas y la base sectorial del copiloto. Los casos que ves están comprobados uno a uno en su resolución de aepd.es. Tarjeta del índice: «En preparación».
Fuente: Recuento de la ficha tras la verificación: 3 casos comprobados en su resolución de aepd.es (https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones), 4 situaciones y 3 plantillas, y sin base sectorial del copiloto; el mínimo de una ficha completa (5, 5 y 5, con base sectorial) es el de tests/test_v111_verticals.py y tests/test_v116_residencias.py · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · título
Decía:Venta y financiación de vehículos, sin sustos de datos.
Dice: Venta y financiación de vehículos: qué datos puedes pedir y con qué base.
Fuente: Decisión 0.6 de 27/09/2026 sobre lo que promete la web: el producto te dice qué te obliga y qué no, con la cita de cada cosa, y prepara los documentos con tus datos para que los revises. «Sin sustos» prometía un resultado que ningún sistema puede garantizar, y la publicidad que puede inducir a error sobre los resultados que cabe esperar de un servicio es desleal (Ley 3/1991 de Competencia Desleal, arts. 5.1.b y 7, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1991-628) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · situaciones · Pruebas de conducción · sanción
Decía:1.000 € - 6.000 €
Dice: Pedir o tratar datos de más es infracción del art. 5.1.c RGPD (art. 83.5 RGPD: hasta 20 M€ o el 4 % del volumen de negocio anual, si es mayor)
Fuente: «1.000 € - 6.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. Lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · situaciones · Marketing y leads · sanción
Decía:2.000 € - 12.000 €
Dice: Casos reales: 8.000 € (PS/00332/2020), 10.000 € (PS/00095/2023) y 10.000 € (PS/00145/2025) a concesionarios por publicidad sin consentimiento o tras pedir la baja (art. 21 LSSI)
Fuente: «2.000 € - 12.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. AEPD, PS/00332/2020, https://www.aepd.es/documento/ps-00332-2020.pdf: «www.opelborjamotor.es/es/contacto. Sin embargo, seguía recibiendo correos con ofertas»; «4.000 euros [...] por la infracción del artículo 21 de la LSSI» y «4.000 euros [...] por la infracción del artículo 7 del RGPD, respecto a la recogida del consentimiento de los clientes»; «el reclamado ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 4800 euros»; AEPD, PS/00095/2023, https://www.aepd.es/documento/ps-00095-2023.pdf: «concesionarios de la marca Renault»; «se sancione a la entidad AUTOFER, SL. [...] por infracción del artículo 21 de la LSSI, [...] con una sanción de 10.000 euros [...] al volver a enviar comunicaciones comerciales al reclamante, después de que éste hubiera solicitado que no volvieran a envi[arle]»; «ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 8000 euros»; AEPD, PS/00145/2025, https://www.aepd.es/documento/ps-00145-2025.pdf: «un mensaje SMS publicitario, cuyo remitente figuraba bajo el nombre "kia" [...] “LIQUIDAMOS STOCK en TALENTO MOTOR. [...]”»; «IMPONER a la entidad TALENTO MOTOR S.L. [...] artículo 21.1 de la LSSI, [...] 5.000 euros» y «artículo 21.2 de la LSSI, [...] 5.000 euros»; lo que dice la norma: LSSI, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-13758 · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · situaciones · Financiación del vehículo · sanción
Decía:3.000 € - 20.000 €
Dice: Pedir o tratar datos de más es infracción del art. 5.1.c RGPD (art. 83.5 RGPD: hasta 20 M€ o el 4 % del volumen de negocio anual, si es mayor); caso real: 7.500 € a un concesionario por pedir copia completa del DNI al entregar un coche (PS/00488/2024)
Fuente: «3.000 € - 20.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. AEPD, PS/00488/2024, https://www.aepd.es/documento/ps-00488-2024.pdf: «en dicho concesionario le solicitaron que aportara copia de su documento de identidad alegando que se trataba de una exigencia de la aseguradora»; «una copia del DNI argumentando que la compañía de seguros así se lo exige»; «no es requisito [...] exigir al taller que solicite una fotocopia del DNI»; «En fecha 21 de febrero de 2026, CUMACA MOTOR ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 6.000,00 euros»; lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · situaciones · CRM, DMS y taller · sanción
Decía:2.000 € - 10.000 €
Dice: Sin contrato de encargo, infracción del art. 28 RGPD (art. 83.4 RGPD: hasta 10 M€ o el 2 % del volumen de negocio anual, si es mayor)
Fuente: «2.000 € - 10.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. Lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · sanciones · resumen
Decía:Cesión a financieras, marketing y videovigilancia: patrón sancionador habitual
Dice: Cuatro procedimientos de la AEPD contra concesionarios de vehículos, cada uno con su resolución enlazada
Fuente: Lo que decía no tiene fuente oficial; se sustituye por los casos comprobados de la ficha, cada uno con su resolución: PS/00488/2024 (https://www.aepd.es/documento/ps-00488-2024.pdf), PS/00332/2020 (https://www.aepd.es/documento/ps-00332-2020.pdf), PS/00095/2023 (https://www.aepd.es/documento/ps-00095-2023.pdf), PS/00145/2025 (https://www.aepd.es/documento/ps-00145-2025.pdf) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · sanciones · detalle
Decía:De varios miles a decenas de miles según el caso
Dice: Importes que citan las resoluciones: de 7.500 € (PS/00488/2024) a 10.000 € (PS/00095/2023)
Fuente: Lo que decía no tiene fuente oficial; se sustituye por los casos comprobados de la ficha, cada uno con su resolución: PS/00488/2024 (https://www.aepd.es/documento/ps-00488-2024.pdf), PS/00332/2020 (https://www.aepd.es/documento/ps-00332-2020.pdf), PS/00095/2023 (https://www.aepd.es/documento/ps-00095-2023.pdf), PS/00145/2025 (https://www.aepd.es/documento/ps-00145-2025.pdf) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · entradilla
Decía:Datos de clientes, financiaciones, pruebas de conducción, marketing y los encargados (financieras, CRM, talleres). Y la atención al tratamiento de datos en la cesión a entidades. Cumplimiento real.
Dice: Datos de clientes, financiaciones, pruebas de conducción, marketing y los encargados (financieras, CRM, talleres). Y la atención al tratamiento de datos en la cesión a entidades. Te decimos qué te exige cada norma y qué no, con su cita, y te preparamos los documentos con los datos del concesionario para que los revises.
Fuente: Decisión 0.6 de 27/09/2026 sobre lo que promete la web: el producto te dice qué te obliga y qué no, con la cita de cada cosa, y prepara los documentos con tus datos para que los revises. «Cumplimiento real» prometía el resultado, que ningún sistema puede garantizar, y la publicidad que puede inducir a error sobre los resultados que cabe esperar de un servicio es desleal (Ley 3/1991 de Competencia Desleal, arts. 5.1.b y 7, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1991-628) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · casos de sanción · Talento Motor
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00145/2025 · Talento Motor · 10.000 € · Un concesionario Kia (Talento Motor, S.L.) envió un SMS publicitario de liquidación de stock a quien no lo había pedido y sin forma de darse de baja en el mensaje. La AEPD le impuso 5.000 € por el art. 21.1 LSSI y 5.000 € por el art. 21.2.
Fuente: AEPD, PS/00145/2025, https://www.aepd.es/documento/ps-00145-2025.pdf: «un mensaje SMS publicitario, cuyo remitente figuraba bajo el nombre "kia" [...] “LIQUIDAMOS STOCK en TALENTO MOTOR. [...]”»; «IMPONER a la entidad TALENTO MOTOR S.L. [...] artículo 21.1 de la LSSI, [...] 5.000 euros» y «artículo 21.2 de la LSSI, [...] 5.000 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · casos de sanción · Cumaca Motor
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00488/2024 · Cumaca Motor · 7.500 € · Al recoger un coche reparado por un siniestro en el taller de un concesionario (Cumaca Motor, S.L.), al cliente le pidieron copia de su DNI diciéndole que la exigía la aseguradora, que lo negó. La AEPD consideró excesivo pedir la copia completa cuando basta con mostrarlo (minimización, art. 5.1.c RGPD) y propuso 7.500 €; la empresa pagó 6.000 € el 21/02/2026 con la reducción por pago voluntario.
Fuente: AEPD, PS/00488/2024, https://www.aepd.es/documento/ps-00488-2024.pdf: «en dicho concesionario le solicitaron que aportara copia de su documento de identidad alegando que se trataba de una exigencia de la aseguradora»; «una copia del DNI argumentando que la compañía de seguros así se lo exige»; «no es requisito [...] exigir al taller que solicite una fotocopia del DNI»; «En fecha 21 de febrero de 2026, CUMACA MOTOR ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 6.000,00 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · casos de sanción · Borjamotor
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00332/2020 · Borjamotor · 8.000 € · Un concesionario (Borjamotor, S.A., Opel) siguió enviando ofertas por correo a un cliente que había pedido la baja. La AEPD fijó 4.000 € por las comunicaciones comerciales sin consentimiento (art. 21 LSSI) y 4.000 € por cómo recogía el consentimiento de los clientes para fines distintos del servicio (art. 7 RGPD); pagó 4.800 € con las dos reducciones.
Fuente: AEPD, PS/00332/2020, https://www.aepd.es/documento/ps-00332-2020.pdf: «www.opelborjamotor.es/es/contacto. Sin embargo, seguía recibiendo correos con ofertas»; «4.000 euros [...] por la infracción del artículo 21 de la LSSI» y «4.000 euros [...] por la infracción del artículo 7 del RGPD, respecto a la recogida del consentimiento de los clientes»; «el reclamado ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 4800 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · casos de sanción · Autofer
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00095/2023 · Autofer · 10.000 € · Una empresa del sector de la automoción (Autofer, S.L.) volvió a enviar comunicaciones comerciales a un cliente después de que este pidiera que no le escribieran más y de una primera reclamación ante la AEPD. La AEPD propuso 10.000 € (art. 21 LSSI); pagó 8.000 € el 09/08/2023 con la reducción por pago voluntario.
Fuente: AEPD, PS/00095/2023, https://www.aepd.es/documento/ps-00095-2023.pdf: «concesionarios de la marca Renault»; «se sancione a la entidad AUTOFER, SL. [...] por infracción del artículo 21 de la LSSI, [...] con una sanción de 10.000 euros [...] al volver a enviar comunicaciones comerciales al reclamante, después de que éste hubiera solicitado que no volvieran a envi[arle]»; «ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 8000 euros» · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (videovigilancia) · 6.000 € · Cámaras en exposición y taller sin cartel o desproporcionadas se sancionan (Art. 13 + 5.1.c).
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00488/2024, PS/00332/2020, PS/00095/2023, PS/00145/2025 · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (marketing) · 8.000 € · Enviar campañas por email o SMS a leads o antiguos clientes sin consentimiento previo, fuera de la excepción de clientes con productos similares, vulnera el Art. 21 LSSI-CE. Ceder sus datos a aseguradoras u otras entidades sin base jurídica ni información previa vulnera el RGPD (Arts. 6 y 13-14).
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00488/2024, PS/00332/2020, PS/00095/2023, PS/00145/2025 · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (financiación) · 12.000 € · Ceder los datos del cliente a varias financieras para conseguir crédito, sin información ni base adecuada, o conservarlos de quienes no compran, vulnera el RGPD.
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00488/2024, PS/00332/2020, PS/00095/2023, PS/00145/2025 · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (encargados) · 4.000 € · CRM, software DMS y talleres externos sin contrato Art. 28 dejan los datos sin cobertura.
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00488/2024, PS/00332/2020, PS/00095/2023, PS/00145/2025 · comprobado el 27/09/2026
/sectores/concesionarios · aviso de ficha en preparación (también en su tarjeta de /sectores)
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: Ficha en preparación. Todavía no tiene todo lo que pedimos a una ficha completa: cinco casos de sanción comprobados, cinco situaciones, cinco plantillas y la base sectorial del copiloto. Los casos que ves están comprobados uno a uno en su resolución de aepd.es. Tarjeta del índice: «En preparación».
Fuente: Recuento de la ficha tras la verificación: 4 casos comprobados en su resolución de aepd.es (https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones), 4 situaciones y 3 plantillas, y sin base sectorial del copiloto; el mínimo de una ficha completa (5, 5 y 5, con base sectorial) es el de tests/test_v111_verticals.py y tests/test_v116_residencias.py · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · título
Decía:Tus deportistas, muchos menores, protegidos.
Dice: Tus deportistas, muchos menores: qué exige la ley, con su artículo.
Fuente: Decisión 0.6 de 27/09/2026 sobre lo que promete la web: el producto te dice qué te obliga y qué no, con la cita de cada cosa, y prepara los documentos con tus datos para que los revises. «Protegidos» prometía un resultado que ningún sistema puede garantizar, y la publicidad que puede inducir a error sobre los resultados que cabe esperar de un servicio es desleal (Ley 3/1991 de Competencia Desleal, arts. 5.1.b y 7, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1991-628) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · situaciones · Imágenes de competiciones · sanción
Decía:2.000 € - 10.000 €
Dice: Usar la imagen de una persona sin su consentimiento es infracción del art. 6 RGPD (art. 83.5 RGPD: hasta 20 M€ o el 4 % del volumen de negocio anual, si es mayor)
Fuente: «2.000 € - 10.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. Lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · situaciones · Fichas médicas de aptitud · sanción
Decía:2.000 € - 10.000 €
Dice: Casos reales: 6.000 € a una federación por datos médicos sin consentimiento ni información (PS/00264/2022) y 27.000 € a otra por pruebas de COVID-19 obligatorias (PS/00263/2022)
Fuente: «2.000 € - 10.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. AEPD, PS/00264/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00264-2022.pdf: «la entidad reclamada solicita datos médicos de participantes en sus competiciones, vinculados a la realización de test de antígenos para detectar situaciones de Covid-19, sin mediar un consentimiento previo»; «presunta infracción del artículo 9.2.a) y 13 del RGPD»; «4.000 euros y de 2.000 euros»; «ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 3600 euros»; AEPD, PS/00263/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00263-2022.pdf: «PROTOCOLO SANITARIO COMPETICIÓN REGULAR-REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE BALONMANO»; «la obligación de deportistas, técnicos y demás participantes en la competición [...] de realizarse [...] las analíticas o test de detección de CO[VID]»; «IMPONER a REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE BALONMANO, [...] 9, [...] una multa de 20.000 euros. -13, [...] una multa de 7.000 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · situaciones · Federaciones y licencias · sanción
Decía:1.000 € - 6.000 €
Dice: Tratar datos sin base jurídica es infracción del art. 6 RGPD (art. 83.5 RGPD: hasta 20 M€ o el 4 % del volumen de negocio anual, si es mayor); caso real: 10.000 € a una federación por exigir el certificado de vacunación para un examen (PS/00051/2022)
Fuente: «1.000 € - 6.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. AEPD, PS/00051/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00051-2022.pdf: «se iba a presentar a un examen el 20/11/2021 para “entrenador de tenis de mesa” [...] y se le exigió presentar la pauta completa de vacunación contra la COVID 19»; «IMPONER a la REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TENIS DE MESA, [...] artículo 9.2 del RGPD, [...] una multa administrativa de 10.000 euros»; lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
Dice: Caso real: 6.000 € a un club por pedir una declaración de salud a deportistas menores (PS/00171/2022)
Fuente: «2.000 € - 12.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. AEPD, PS/00171/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00171-2022.pdf: «El reclamado es un Club de atletismo [...] que solicita a sus socios deportistas, incluyendo a los menores de edad ,que cumplimenten y firmen unos impresos [...] denominados “declaración responsable de salud”»; «artículo 9.2 del RGPD [...] con 4.000 euros. -una infracción del artículo 13 del RGPD»; «ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 4800 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · sanciones · resumen
Decía:Menores, fichas médicas e imágenes deportivas: patrón sancionador relevante
Dice: Cinco procedimientos de la AEPD contra clubes y federaciones deportivas, cada uno con su resolución enlazada
Fuente: Lo que decía no tiene fuente oficial; se sustituye por los casos comprobados de la ficha, cada uno con su resolución: PS/00171/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00171-2022.pdf), PS/00264/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00264-2022.pdf), PS/00263/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00263-2022.pdf), PS/00051/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00051-2022.pdf), PS/00483/2023 (https://www.aepd.es/documento/ps-00483-2023.pdf) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · sanciones · detalle
Decía:De varios cientos a varios miles de euros
Dice: Importes que citan las resoluciones: de 6.000 € (PS/00171/2022) a 200.000 € (PS/00483/2023)
Fuente: Lo que decía no tiene fuente oficial; se sustituye por los casos comprobados de la ficha, cada uno con su resolución: PS/00171/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00171-2022.pdf), PS/00264/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00264-2022.pdf), PS/00263/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00263-2022.pdf), PS/00051/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00051-2022.pdf), PS/00483/2023 (https://www.aepd.es/documento/ps-00483-2023.pdf) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · entradilla
Decía:Clubes y federaciones tratan datos de deportistas (muchos menores), fichas médicas de aptitud, imágenes de competiciones, licencias y los encargados. Cumplimiento real para tu club o federación.
Dice: Clubes y federaciones tratan datos de deportistas (muchos menores), fichas médicas de aptitud, imágenes de competiciones, licencias y los encargados. Te decimos qué obliga a tu club o federación y qué no, con la norma de cada cosa, y te preparamos los documentos con tus datos para que los revises.
Fuente: Decisión 0.6 de 27/09/2026 sobre lo que promete la web: el producto te dice qué te obliga y qué no, con la cita de cada cosa, y prepara los documentos con tus datos para que los revises. «Cumplimiento real» prometía el resultado, que ningún sistema puede garantizar, y la publicidad que puede inducir a error sobre los resultados que cabe esperar de un servicio es desleal (Ley 3/1991 de Competencia Desleal, arts. 5.1.b y 7, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1991-628) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · casos de sanción · Real Federación Española de Tenis de Mesa
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00051/2022 · Real Federación Española de Tenis de Mesa · 10.000 € · La Real Federación Española de Tenis de Mesa exigió la pauta completa de vacunación contra la COVID-19 para presentarse a un examen de entrenador. La AEPD le impuso 10.000 € por tratar datos de salud sin una excepción del art. 9.2 RGPD.
Fuente: AEPD, PS/00051/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00051-2022.pdf: «se iba a presentar a un examen el 20/11/2021 para “entrenador de tenis de mesa” [...] y se le exigió presentar la pauta completa de vacunación contra la COVID 19»; «IMPONER a la REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TENIS DE MESA, [...] artículo 9.2 del RGPD, [...] una multa administrativa de 10.000 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · casos de sanción · Real Federación Española de Balonmano
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00263/2022 · Real Federación Española de Balonmano · 27.000 € · El protocolo sanitario de la temporada 2021-22 de la Real Federación Española de Balonmano obligaba a deportistas, técnicos y otras personas a hacerse pruebas de COVID-19. La AEPD le impuso 20.000 € por tratar datos de salud sin una excepción del art. 9 RGPD y 7.000 € por no informar (art. 13).
Fuente: AEPD, PS/00263/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00263-2022.pdf: «PROTOCOLO SANITARIO COMPETICIÓN REGULAR-REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE BALONMANO»; «la obligación de deportistas, técnicos y demás participantes en la competición [...] de realizarse [...] las analíticas o test de detección de CO[VID]»; «IMPONER a REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE BALONMANO, [...] 9, [...] una multa de 20.000 euros. -13, [...] una multa de 7.000 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · casos de sanción · FECAM
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00264/2022 · FECAM · 6.000 € · Una federación deportiva para personas con discapacidad intelectual (FECAM) pedía datos médicos de los participantes en sus competiciones, ligados a test de antígenos de COVID-19, sin consentimiento ni información. La AEPD fijó 4.000 € (art. 9.2.a RGPD) y 2.000 € (art. 13); pagó 3.600 € el 07/10/2022 con las dos reducciones.
Fuente: AEPD, PS/00264/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00264-2022.pdf: «la entidad reclamada solicita datos médicos de participantes en sus competiciones, vinculados a la realización de test de antígenos para detectar situaciones de Covid-19, sin mediar un consentimiento previo»; «presunta infracción del artículo 9.2.a) y 13 del RGPD»; «4.000 euros y de 2.000 euros»; «ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 3600 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · casos de sanción · Club Cornellà Atlètic
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00171/2022 · Club Cornellà Atlètic · 6.000 € · Un club de atletismo (Club Cornellà Atlètic) hacía firmar a sus socios deportistas, también a los menores, una «declaración responsable de salud» sin la base ni la información necesarias. La AEPD propuso 4.000 € por el art. 9.2 RGPD y 2.000 € por el art. 13; el club pagó 4.800 € el 08/03/2023 con la reducción por pago voluntario.
Fuente: AEPD, PS/00171/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00171-2022.pdf: «El reclamado es un Club de atletismo [...] que solicita a sus socios deportistas, incluyendo a los menores de edad ,que cumplimenten y firmen unos impresos [...] denominados “declaración responsable de salud”»; «artículo 9.2 del RGPD [...] con 4.000 euros. -una infracción del artículo 13 del RGPD»; «ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 4800 euros» · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · casos de sanción · Burgos Club de Fútbol
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: PS/00483/2023 · Burgos Club de Fútbol · 200.000 € · El Burgos Club de Fútbol, S.A.D. implantó un sistema biométrico para entrar a las gradas de animación de su estadio. La AEPD fijó 50.000 € por el art. 9 RGPD, 50.000 € por no hacer evaluación de impacto (art. 35), 50.000 € por el art. 5.1.c, 25.000 € por el art. 8 (menores) y 25.000 € por el art. 13; el club pagó 120.000 € el 05/03/2024 con las dos reducciones.
Fuente: AEPD, PS/00483/2023, https://www.aepd.es/documento/ps-00483-2023.pdf: «la implantación de sistemas biométricos para el control de acceso a las gradas de animación del estadio del BURGOS CLUB DE FÚTBOL»; «50.000 euros, por la infracción del artículo 35 [...] 50.000 euros, por la infracción del artículo 9 [...] 50.000 euros, por la infracción del artículo 5.1.c) [...] 25.000 euros, por la infracción del artículo 8 [...] 25.000 euros, por la infracción del artículo 13»; «ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 120.000 euros» · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (menores) · 8.000 € · La mayoría de deportistas de base son menores: tratar sus datos sin respetar el consentimiento por edad (Art. 7 LOPDGDD) y la información a los padres es una infracción frecuente.
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00171/2022, PS/00264/2022, PS/00263/2022, PS/00051/2022, PS/00483/2023 · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (imágenes) · 6.000 € · Publicar fotos y vídeos de competiciones con menores en web y redes sin consentimiento se sanciona, y con atención reforzada por tratarse de niños.
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00171/2022, PS/00264/2022, PS/00263/2022, PS/00051/2022, PS/00483/2023 · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (fichas médicas) · 6.000 € · Las fichas de aptitud y reconocimientos médicos son datos de salud (Art. 9). Tratarlas sin base ni medidas se sanciona.
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00171/2022, PS/00264/2022, PS/00263/2022, PS/00051/2022, PS/00483/2023 · comprobado el 27/09/2026
Decía:AEPD · patrón documentado (cesiones/encargados) · 3.000 € · Ceder datos a federaciones, patrocinadores o apps sin base ni contrato vulnera el RGPD.
Dice: Se retira de la lista de casos: era un «patrón documentado» sin número de procedimiento ni resolución enlazable en aepd.es.
Fuente: No se ha encontrado en aepd.es una resolución que respalde este caso ni su importe (buscador de resoluciones: https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones); los casos del sector que sí la tienen están en la ficha: PS/00171/2022, PS/00264/2022, PS/00263/2022, PS/00051/2022, PS/00483/2023 · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clubes · aviso de ficha en preparación (también en su tarjeta de /sectores)
Decía:(no figuraba: se añade)
Dice: Ficha en preparación. Todavía no tiene todo lo que pedimos a una ficha completa: cinco casos de sanción comprobados, cinco situaciones, cinco plantillas y la base sectorial del copiloto. Los casos que ves están comprobados uno a uno en su resolución de aepd.es. Tarjeta del índice: «En preparación».
Fuente: Recuento de la ficha tras la verificación: 5 casos comprobados en su resolución de aepd.es (https://www.aepd.es/informes-y-resoluciones/resoluciones), 4 situaciones y 3 plantillas, y sin base sectorial del copiloto; el mínimo de una ficha completa (5, 5 y 5, con base sectorial) es el de tests/test_v111_verticals.py y tests/test_v116_residencias.py · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clinicas · título
Decía:La historia clínica de tus pacientes, blindada.
Dice: La historia clínica de tus pacientes: quién puede verla y qué exige la ley para guardarla.
Fuente: Decisión 0.6 de 27/09/2026 sobre lo que promete la web: el producto te dice qué te obliga y qué no, con la cita de cada cosa, y prepara los documentos con tus datos para que los revises. «Blindada» prometía un resultado que ningún sistema puede garantizar, y la publicidad que puede inducir a error sobre los resultados que cabe esperar de un servicio es desleal (Ley 3/1991 de Competencia Desleal, arts. 5.1.b y 7, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1991-628) · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clinicas · situaciones · Videovigilancia en consulta y sala de espera · sanción
Decía:1.500 € - 12.000 €
Dice: Grabar más de lo necesario o sin cartel es infracción de los arts. 5.1.c y 13 RGPD (art. 83.5 RGPD: hasta 20 M€ o el 4 % del volumen de negocio anual, si es mayor)
Fuente: «1.500 € - 12.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. Lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
Dice: Sin contrato de encargo, infracción del art. 28 RGPD (art. 83.4 RGPD: hasta 10 M€ o el 2 % del volumen de negocio anual, si es mayor)
Fuente: «5.000 € - 30.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. Lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clinicas · situaciones · Consentimiento informado y finalidades · sanción
Decía:3.000 € - 20.000 €
Dice: Tratar datos sin base jurídica es infracción del art. 6 RGPD (art. 83.5 RGPD: hasta 20 M€ o el 4 % del volumen de negocio anual, si es mayor); caso real: 20.000 € a un hospital por casillas de consentimiento premarcadas y un derecho de acceso mal atendido (PS/00204/2022)
Fuente: «3.000 € - 20.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. AEPD, PS/00204/2022, https://www.aepd.es/documento/ps-00204-2022.pdf: «le dieron un Tablet para que firmara el documento de protección percatándose de que las casillas del formulario estaban premarcadas»; «sancionar por infracción del artículo 6.1 del RGPD [...] imponiéndola una sanción de 10.000 euros» y «infracción del artículo 15 del RGPD, respecto del artículo 12»; «En fecha 31 de octubre de 2022, la parte reclamada ha procedido al pago de la sanción en la cuantía de 16000 euros»; lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clinicas · situaciones · Brecha de datos de salud · sanción
Decía:Hasta el tramo alto del RGPD
Dice: Caso real: 30.000 € a un centro médico por una brecha con datos de pacientes sin medidas de seguridad adecuadas (PS/00009/2026); no notificarla a tiempo es, además, infracción del art. 33 RGPD (art. 83.4)
Fuente: «Hasta el tramo alto del RGPD» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. AEPD, PS/00009/2026, https://www.aepd.es/documento/ps-00009-2026.pdf: «varios correos electrónicos [...] de un desconocido que amenaza con publicar datos detallados de los pacientes y del negocio del Grupo»; «INICIAR PROCEDIMIENTO SANCIONADOR a ECG MÉDICA, S.L., [...] artículo 32 RGPD»; «cantidad total 30.000,00 euros [...] cantidad definitiva de 18.000,00 euros»; lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clinicas · situaciones · Acceso a la historia clínica · sanción
Decía:10.000 € - 60.000 €
Dice: Sin medidas de seguridad adecuadas, infracción del art. 32 RGPD (art. 83.4 RGPD: hasta 10 M€ o el 2 % del volumen de negocio anual, si es mayor); caso real: 200.000 € a HM Hospitales por las medidas de seguridad de su historia clínica (PS/00351/2023)
Fuente: «10.000 € - 60.000 €» no tiene fuente: no sale de ninguna resolución de la AEPD localizada. AEPD, PS/00351/2023, https://www.aepd.es/documento/ps-00351-2023.pdf: «es un grupo hospitalario privado»; «“Doctoris” es el software de gestión hospitalaria utilizado por HM HOSPITALES 1989, S.A.»; «dicho tratamiento [...] es a gran escala»; «IMPONER a HM HOSPITALES 1989, S.A., [...] por una infracción del Artículo 32 del RGPD, [...] una multa de 200.000,00 euros»; lo que dice la norma: RGPD, https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2016/679/oj · comprobado el 27/09/2026
/sectores/clinicas · sanciones · resumen
Decía:Los datos de salud son categoría especial: el incumplimiento se sanciona en el tramo alto del RGPD
Dice: Cinco procedimientos de la AEPD contra clínicas y centros sanitarios privados, cada uno con su resolución enlazada
Fuente: Lo que decía no tiene fuente oficial; se sustituye por los casos comprobados de la ficha, cada uno con su resolución: PS/00351/2023 (https://www.aepd.es/documento/ps-00351-2023.pdf), PS/00317/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00317-2022.pdf), PS/00204/2022 (https://www.aepd.es/documento/ps-00204-2022.pdf), PS/00262/2021 (https://www.aepd.es/documento/ps-00262-2021.pdf), PS/00009/2026 (https://www.aepd.es/documento/ps-00009-2026.pdf) · comprobado el 27/09/2026